Aviso por el que se da a conocer la Nueva Imagen de las Placas de Matrícula, Tarjeta de Circulación y Calcomanía de Identificación para Automóviles de Uso Particular en la Ciudad de México

22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 12 de Julio de 2016

SECRETARÍA DE MOVILIDAD.

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA NUEVA IMAGEN DE LAS PLACAS DE MATRÍCULA, TARJETA DE CIRCULACIÓN Y CALCOMANÍA DE IDENTIFICACIÓN PARA AUTOMÓVILES DE USO PARTICULAR EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

LIC. HECTOR SERRANO CORTES, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12 fracciones I, IV y VI, 87, 93, 115 fracción VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 6, 7, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2, 7 fracción IX, 26 fracción X y 95 ter fracción III del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 9 fracción XCVII, 12 fracción lV, 137 fracción VIII, 140 y Transitorio Sexto de la Ley de Movilidad y,

C O N S I D E R A N D O

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, establece que corresponde a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, expedir la documentación para que los vehículos y sus conductores circulen conforme a las leyes y reglamentos vigentes;

Que la Dirección General de Transporte Particular de la Secretaría de Movilidad; coordina la expedición de placas, tarjetas de circulación, licencias para conducir y toda aquella documentación necesaria para que los vehículos de servicio particular y los conductores de los mismos, circulen conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

Que el Reglamento para el Control Vehicular y de Licencias y Permisos para Conducir en el Distrito Federal, define a la placa de matrícula como el aditamento de metal indispensable para la circulación, identificación y clasificación del vehículo, expedida por la Secretaría de Movilidad, coincidente con la calcomanía y tarjeta de circulación, que debe portarse en los lugares destinados para ello conforme al diseño de los vehículos;

Que las dimensiones y características de las placas de matrícula de los vehículos serán las que especifique la norma oficial mexicana NOM-001-SCT-2-2000 y deberán portarse en los lugares destinados para ello, conforme al diseño de los vehículos;

Que mediante oficios número 4.2.5.1-073/2016 y 4.2.5.1-227/2016, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes por medio de la Dirección General de Autotransporte Federal, autorizó los rangos y nuevo diseño de placas de matrícula para vehículo particular en sus diversas...

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