Aviso por el cual se da a Conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del Órgano Político-Administrativo en Gustavo A. Madero, con Número de Registro MEO-123/130818-OPA-GAM-12/2012

32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de Agosto de 2018

DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO

M. EN D. JOSÉ AUGUSTO VELÁZQUEZ IBARRA, JEFE DELEGACIONAL EN GUSTAVO A. MADERO, con fundamento en el artículo 39 fracciones VIII y XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, y con número de Registro MEO-123/130818-OPA-GAM-12/2012 emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México, tengo a bien dar a conocer el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO EN GUSTAVO A. MADERO CON NÚMERO DE REGISTRO MEO-123/130818-OPA-GAM-12/2012

CONTENIDO

  1. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

  2. OBJETIVO GENERAL

  3. INTEGRACIÓN

  4. ATRIBUCIONES

  5. FUNCIONES

  6. CRITERIOS DE OPERACIÓN

  7. PROCEDIMIENTO

  8. GLOSARIO

  9. VALIDACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

    I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

    LEYES

    1. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 19 de diciembre de 2008. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 26 de febrero de 2018.

    2. Ley de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 10 de abril de 2018.

    3. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 6 de mayo de 2016 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 01 de septiembre de 2017.

    4. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008 y su última reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de noviembre de 2014.

      REGLAMENTOS

    5. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de noviembre de 2011 (Aplicable en lo que no contravenga a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México).

      CÓDIGOS

    6. Código Fiscal de la Ciudad de México. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2009. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2017.

      CIRCULARES

    7. Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.

      LINEAMIENTOS

    8. Lineamientos para la Instalación y Funcionamiento de las Oficinas de Información Pública al Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2003.

    9. Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales en la Ciudad de México. Publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de junio de 2016.

      REGLAS DE PROCEDIMIENTOS

    10. Procedimiento para la recepción, substanciación, resolución y seguimiento de los recursos de revisión interpuestos en materia de acceso a la información pública y de protección de datos personales en la Ciudad de México.

      CRITERIOS

    11. Criterios y Metodología de Evaluación de la Calidad de la Información inscrita en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, publicado en el Portal del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal el 11 de julio de 2012.

      AVISOS

    12. Aviso mediante el cual se dan a conocer a los CC. Directores Generales de Administración, Directores Ejecutivos, Directores de Área, Directores de Recursos Humanos u Homólogos, encargados del capital humano, del ámbito central, desconcentrado y en los órganos político administrativos de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 17 de abril de 2018.

      El marco jurídico-administrativo es enunciativo más no limitativo y lo complementan las disposiciones vigentes en la materia.

      II. OBJETIVO GENERAL

      Establecer en un solo instrumento los criterios jurídico-administrativos relacionados con las atribuciones, integración, operación y funcionamiento del Comité de Transparencia de Órgano Político-Administrativo en Gustavo A. Madero, a efecto de que se realicen bajo un mismo enfoque de conformidad con lo señalado en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y demás instrumentos de la materia, con el objeto de regular las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información; confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información o declaración de inexistencia o incompetencia que realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados y establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública.

      III. INTEGRACIÓN

      En apego a lo dispuesto en los artículos 88 y 89 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, el Comité se conformará por un número impar de integrantes con voz y voto, para el debido cumplimiento de sus objetivos, funciones y atribuciones se integrará por:

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      Integrante Puesto de Estructura Orgánica Presidencia Jefatura Delegacional

      Secretaría Técnica Subdirección de la Oficina de Información Pública

      Dirección General de Jurídica y de Gobierno

      Dirección General de Administración

      Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

      Dirección General de Servicios Urbanos

      Dirección General de Desarrollo Social

      Dirección General de Desarrollo Delegacional e Integración Territorial Dirección Ejecutiva de Protección Civil y Seguridad Pública

      Dirección Ejecutiva de Desarrollo Económico

      Dirección General de Participación Ciudadana y Gestión Social Dirección Ejecutiva de Fomento Cooperativo

      Dirección Ejecutiva de Planeación y Evaluación de Proyectos y Programas

      Dirección Ejecutiva de Mejora Continua a la Gestión Gubernamental

      Invitada/o Permanente Contraloría Interna en el Órgano Político-Administrativo en Gustavo A.

      Madero

      Invitada/o Permanente Jefatura de Unidad Departamental de Archivos

      Invitada/o/s

      Puestos titulares de las áreas que no funjen como vocales pero sometan a consideración del Comité la clasificación o declaración de no existencia, así como demás puestos de los que el Comité considere su colaboración para la resolución de asuntos a tratar en determinadas sesiones.

      Los Órganos de la Administración Pública son Sujetos Obligados en términos de lo establecido por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

      Los puestos integrantes del Comité con derecho a voz y voto no podrán depender jerárquicamente entre sí, exceptuándose el caso de la relación jerárquica con el puesto titular del Sujeto Obligado quien funge en la Presidencia. Cuando se presente el caso, la persona titular del Sujeto Obligado nombrará al puesto que supla al puesto subordinado. Tampoco podrán reunirse dos o más integrantes con voz y voto en un solo puesto.

      IV. ATRIBUCIONES

      Además de los que disponen los artículos 88 y 90 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México que establecen que cada Sujeto Obligado contará con un Comité de Transparencia, de manera colegiada y número impar con las personas servidoras públicas o personal adscrito que la persona titular determine, además de la persona titular del órgano interno de control, y una serie de atribuciones, también compete al Comité:

      I. Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;

      II. Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información o declaración de inexistencia o incompetencia que realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados;

      III.Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión, o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, expongan las razones por las cuales en el caso particular no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;

      IV. Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información pública;

      V. Promover la capacitación y actualización de las personas servidoras públicas o integrantes de las Unidades de Transparencia;

      VI. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales, archivos, accesibilidad y apertura gubernamental para todas las personas servidoras públicas o integrantes del Sujeto Obligado;

      Vocales

      VII. Recabar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expidan, los datos necesarios para la elaboración del informe anual;

      VIII. Revisar la clasificación de información y resguardar la información, en los casos procedentes, elaborará la versión pública de dicha información;

      IX. Suscribir las declaraciones de inexistencia de la información o de acceso restringido;

  10. Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los criterios que éste expida, la información señalada para la elaboración del informe del Instituto;

    XI. Supervisar la aplicación de los criterios específicos del Sujeto Obligado, en materia de catalogación y conservación de los documentos administrativos, así como...

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