Aviso por el que se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Central de Obras del Distrito Federal, con número de registro MEO-38/021215-D-SOBSE-9/010714, validado por la Coordinación General de Modernización Administrativa, mediante oficio número OM/CGMA/2306/2015 de fecha 2 de diciembre de 2015

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

Ing. Edgar Oswaldo Tungüí Rodríguez, Secretario de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 2°, 15 fracción V y 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 11 párrafo tercero de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 19 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 1° de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 8-D fracción I del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, numeral Trigésimo Octavo de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con el Dictamen OM/CGMA/2082/2015, otorgado por la Coordinación General de Modernización Administrativa, tengo a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CENTRAL DE OBRAS DEL DISTRITO FEDERAL, CON NÚMERO DE REGISTRO MEO-38/021215-D-SOBSE-9/010714, VALIDADO POR LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, MEDIANTE OFICIO NÚMERO OM/CGMA/2306/2015 DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DE 2015:

CONTENIDO

  1. MARCO JURÍDICO 2013 ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

  2. OBJETIVO GENERAL

  3. INTEGRACIÓN

  4. ATRIBUCIONES

  5. FUNCIONES

  6. CRITERIOS DE OPERACIÓN

  7. PROCEDIMIENTO (S)

  8. GLOSARIO

  9. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECIFÍCO DE OPERACIÓN

    I. MARCO JURÍDICO - ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

    Estatutos

    1. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de julio de 1994, última Reforma 27 de junio de 2014.

      Leyes

    2. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de enero de 2000, última Reforma 11 de agosto de 2014.

    3. Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de diciembre de1998, última Reforma 08 de octubre de 2014.

    4. Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de mayo de 2004, última Reforma 18 de diciembre de 2014.

    5. Ley de Coordinación Fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1978, última Reforma 09 diciembre de 2013.

    6. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de diciembre de 1995, última Reforma 28 de noviembre de 2014.

      Decretos

      7. Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal correspondiente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

      Reglamentos

    7. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2001, última Reforma 28 de julio de 2010.

    8. Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 1999, última Reforma 10 de julio de 2009.

    9. Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004, última Reforma 12 de enero 2015.

      Políticas

    10. Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Públicas, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de noviembre de 2000, última Reforma 07 de noviembre de 2003.

      Normas

    11. Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal.

      Reglas

      13. Reglas de Carácter General para hacer Efectivas las Fianzas Otorgadas en los Procedimientos y Celebración de Contratos para Garantizar la Participación y Cumplimiento de los Compromisos Adquiridos ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal.

      Circulares

      Circular Uno, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007, última Reforma 14 de agosto de 2014.

      El marco jurídico es enunciativo, más no limitativo y se ajustará conforme a las disposiciones vigentes en la materia.

      II. OBJETIVO GENERAL

      Establecer en forma clara y precisa la integración y funcionamiento del Comité Central de Obras del Distrito Federal, mediante la observancia a la normatividad aplicable, que permita a los miembros que lo integran, la toma de decisiones, emisión de dictámenes, generación de directrices y políticas internas, y promover que las Obras Públicas de la Administración Pública del Distrito Federal se realicen de manera racional, óptima, eficiente, transparente y cumpliendo con lo establecido en la Ley Local, su Reglamento Local y demás disposiciones aplicables.

      III.- INTEGRACIÓN

      Para el cumplimiento de su integración y de conformidad con el Artículo 1º de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y el Artículo 8º-B del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, el Comité Central de Obras del Distrito Federal se integra de la siguiente manera:

  10. Presidente: El Secretario de Obras y Servicios del Distrito Federal; tendrá voz y voto y en caso de empate, le corresponderá el voto de calidad.

  11. Secretario Técnico: Será designado por el Presidente; tendrá derecho a voz.

  12. Vocales: Los titulares de cada una de las Dependencias de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal

    Titular de la Coordinación de Planeación de la Oficina del Secretario, tendrá voz y voto Titular de la Dirección General de Obras Públicas.

    Titular de la Dirección General de Servicios Urbanos.

    Titular de la Dirección General de Proyectos Especiales.

    Titular de la Dirección General de Obras Concesionadas.

    Titular de la Dirección General de Servicios Técnicos.

    Titular de la Dirección General de Administración.

    Titular del Órgano Desconcentrado Proyecto Metro del Distrito Federal.

    Titular de la Planta de Asfalto del Distrito Federal.

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  13. Contralores Ciudadanos: Dos ciudadanos que serán designados y acreditados en términos de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; tendrán derecho a voz y voto.

  14. Asesores: Un representante de la Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México, un representante de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, uno de la Contraloría General del Distrito Federal y por parte de la Secretaría de Obras y Servicios uno de la Contraloría Interna y uno de la Dirección Ejecutiva Jurídica, así como los demás que determine el Comité Central, solamente tendrán derecho a voz.

  15. Invitados: El Presidente del Comité Central decidirá cuándo se requiera contar con la presencia de otros servidores públicos, los cuales tendrán el carácter de invitados, solamente tendrán derecho a voz.

    En caso de ausencia del Presidente del Comité Central, ésta será suplida por el servidor público que en forma expresa y formalmente designe él mismo.

    IV.- ATRIBUCIONES

    ARTÍCULO 8º- D FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL

    * Elaborar y aprobar su Manual Especifico de Integración y Funcionamiento; aprobar el del Comité de las Entidades, así como el de los Subcomité de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones.

    * Aprobar la creación de los Subcomités Técnicos que las Dependencias y Órganos Desconcentrados requieran, para la atención de asuntos específicos;

    * Definir el marco técnico y normativo de actuación de los Comités de las Entidades, así como de los Subcomités de Obras de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Unidades Administrativas de la Secretaría, a fin de que éstos vigilen el estricto cumplimiento de la normatividad...

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