Aviso por el que se da a conocer el Manual para la aplicación del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en el Distrito Federal

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

M. en C. Tanya Müller García, Secretaria del Medio Ambiente del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87 y 118 fracción IV del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción IV, 16 fracción IV y 26 fracciones IV, VI, XIII, IX, XII y XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1 fracción V, 2 fracción I, 3 fracciones IV y VIII, 4, 6 fracción II, 7, 9 fracciones I, IV, XIX, XXII, XXIII, XXVII, XXVIII, XXXVI, XXXVII, XXXIX, XLI y XLVI, 15, 18 fracciones III y VIII, 23 fracción IV, 123 al 135, 138 al 150, 171 fracción IV, 175 fracción IV, 180 fracción IV, y del 182 al 186, de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que el 3 de octubre del 2013, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el "Convenio de Coordinación por el que se crea la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), cuyo objeto es constituir la Comisión como un órgano de coordinación, para llevar a cabo, entre otras acciones, la planeación y ejecución de acciones en materia de protección al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en la zona conformada por los órganos políticos administrativos del Distrito Federal y sus 16 Delegaciones, así como los 18 Municipios Conurbados del Estado de México y los Estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Que conforme al Artículo Cuarto Transitorio del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 5 de marzo de 2015, se obliga a publicar las modificaciones al presente Manual, con el objeto de establecer criterios de actuación y responsabilidades concretas de las Dependencias, Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y de la coordinación de ésta con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y del Gobierno del Estado de México.

Se define el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas, en lo sucesivo PCAA, como un conjunto de medidas que se aplican con el propósito de reducir los niveles de contaminación en el aire, cuando se presentan concentraciones de ozono (O3), o de partículas menores a 10 micrómetros (PM10), que ponen en riesgo la salud de la población y producen efectos adversos en los grupos sensibles, como: niños, adultos mayores y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

Que es importante la participación coordinada de las Dependencias Federales, Estatales, de las 16 Delegaciones del Distrito Federal y los 18 Municipios conurbados del Estado de México, así como de la sociedad y de los propietarios de las industrias, comercios y servicios, en la aplicación del PCAA en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA PARA CONTINGENCIAS AMBIENTALES ATMOSFÉRICAS EN EL DISTRITO FEDERAL

El índice que se incluye tiene como utilidad la de en caso de activarse el PCAA, el usuario de este Manual consulte únicamente la sección correspondiente a la FASE activada.

ÍNDICE

  1. INTRODUCCIÓN

  2. RESUMEN DE CONTENIDOS

  3. NATURALEZA DEL PROGRAMA

  4. OBJETIVO DEL MANUAL

  5. ÁMBITO GEOGRÁFICO

  6. FASES DEL PROGRAMA

  7. MECÁNICA OPERATIVA

    38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 de Febrero de 2016

  8. ACTIVACIÓN DEL PCAA POR OZONO

    8.1. PRECONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR OZONO

    8.1.1. MEDIDAS APLICABLES EN PRECONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR OZONO

    8.1.1.1. Salud

    8.1.1.2. Transporte

    8.1.1.3. Servicios

    8.1.1.4. Incendios y quemas

    8.1.1.5. Fuentes fijas de la industria manufacturera

    8.2. FASE I DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR OZONO

    8.2.1. MEDIDAS APLICABLES EN FASE I DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR OZONO

    8.2.1.1. Salud

    8.2.1.2. Transporte

    8.2.1.3. Servicios

    8.2.1.4. Incendios y quemas

    8.2.1.5. Fuentes fijas de la industria manufacturera

    8.3. FASE II DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR OZONO

    8.3.1. MEDIDAS APLICABLES EN FASE II DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR OZONO

    8.3.1.1. Salud

    8.3.1.2. Transporte

    8.3.1.3. Servicios

    8.3.1.4. Incendios y quemas

    8.3.1.5. Fuentes fijas de la industria manufacturera

  9. ACTIVACIÓN DEL PCAA POR PM10

    9.1. ZONAS DE APLICACIÓN DEL PCAA REGIONAL POR PM10

    9.2. PRECONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR PM10

    9.2.1. MEDIDAS APLICABLES EN PRECONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR PM10

    9.2.1.1. Salud

    9.2.1.2. Transporte

    9.2.1.3. Servicios

    9.2.1.4. Incendios y quemas

    9.2.1.5. Fuentes fijas de la industria manufacturera

    9.3. FASE I DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR PM10

    9.3.1. MEDIDAS APLICABLES EN FASE I DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR PM10

    9.3.1.1. Salud

    9.3.1.2. Transporte

    9.3.1.3. Servicios

    9.3.1.4. Incendios y quemas

    9.3.1.5. Fuentes fijas de la industria manufacturera

    9.4. FASE II DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR PM10

    9.4.1. MEDIDAS APLICABLES EN FASE II DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR PM10

    9.4.1.1. Salud

    9.4.1.2. Transporte

    9.4.1.3. Servicios

    9.4.1.4. Incendios y quemas

    9.4.1.5. Fuentes fijas de la industria manufacturera

    9.5. FASE I DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA COMBINADA (OZONO y PM10)

    9.5.1. MEDIDAS APLICABLES EN FASE I DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA COMBINADA

    9.5.1.1. Salud

    9.5.1.2. Transporte

    9.5.1.3. Servicios

    9.5.1.4. Incendios y quemas

    9.5.1.5. Fuentes fijas de la industria manufacturera

  10. LISTADO DE ACRÓNIMOS

    1. INTRODUCCIÓN.

    Una Contingencia Ambiental Atmosférica, de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas y las Normas Ambientales para el Distrito Federal, es la situación eventual y transitoria declarada por las autoridades competentes cuando se presenta o se prevé, con base en análisis objetivos o en el monitoreo de la contaminación ambiental, una concentración de contaminantes o un riesgo ecológico derivado de actividades humanas o fenómenos naturales que afectan la salud de la población o al ambiente.

    En tal contexto, es necesario puntualizar la actuación y responsabilidades concretas de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Gobierno Federal, del Distrito Federal y del Estado de México en coordinación con la CAMe a través del presente instrumento, para asegurar que los límites máximos permisibles de contaminantes a la atmósfera se cumplan y a su vez garantizar el derecho a un medio ambiente sano de los habitantes.

    2. RESUMEN DE CONTENIDOS.

    El presente instrumento está estructurado por 10 secciones.

    Las cinco primeras secciones hacen referencia a conceptos generales sobre el diseño del Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas, su naturaleza y objetivo, así como el ámbito geográfico de su aplicación.

    En la sección seis se presentan las FASES que constituyen el PCAA.

    La sección siete comprende la mecánica operativa; es decir, cómo se estructura la aplicación del PCAA dentro de la jurisdicción del Distrito Federal, su activación y suspensión.

    Las secciones 8 y 9 se refieren a las FASES de activación del PCAA por contaminante (Ozono y PM10) y las medidas que se aplicarán en cada FASE.

    Finalmente, la sección diez presenta el listado de acrónimos usados a lo largo de este Manual.

    3. NATURALEZA DEL MANUAL DEL PCAA.

    Las actividades de gestión a que hace referencia el presente Manual, son de carácter obligatorio para las Dependencias Federales, Estatales, de las 16 Delegaciones del Distrito Federal y los 18 Municipios conurbados del Estado de México, para la sociedad, así como para los propietarios de las industrias, comercios y servicios, de conformidad con la legislación, y normatividad vigente y aplicable en la materia.

    El contenido del presente manual es de alcance metropolitano, de tal manera que las diversas instancias que conforman la CAMe se coordinan en torno a sus atribuciones, con la intención de que las acciones particulares que cada una realiza, logren un efecto complementario y multiplicador de las mismas.

    El PCAA en la ZMVM se basa en cinco principios fundamentales:

    Prevención, es un recurso efectivo con el que cuenta la sociedad metropolitana para evitar costos y daños mayores a la salud de la población, ante situaciones atmosféricas que provoquen un deterioro considerable en la calidad del aire.

    Activación automática, basada en criterios de salud ambiental.

    Correspondencia con el inventario de emisiones, mediante el cual se identifican las actividades de origen antropogénico que tienen mayor contribución relativa en la generación de precursores de ozono y partículas PM10, así

    como los patrones espaciales y temporales de las concentraciones de estos contaminantes.

    Consistencia con el Programa para Mejorar la Calidad del Aire en la Zona Metropolitana del Valle de México 2011-2020 (PROAIRE-ZMVM), puesto que el PCAA es un instrumento de gestión ambiental complementario del PROAIRE, cuyos objetivos están dirigidos a la protección de la salud de la población.

    Claridad en su diseño y sencillez de aplicación, que se traduce en el manejo de reglas claras de participación de cada actor involucrado.

    40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 de Febrero de 2016

    4. OBJETIVO DEL MANUAL.

    El presente Manual, define el mecanismo a través del cual se instrumentarán el inicio y terminación de las FASES contenidas en el PCAA, asimismo establece las actividades que las autoridades involucradas, los ciudadanos y los propietarios de las industrias, comercios y servicios, tendrán que llevar a cabo, con la finalidad de controlar las actividades que generan emisiones contaminantes y prevenir los efectos adversos a la salud de la población.

    5. ÁMBITO GEOGRÁFICO DE APLICACIÓN DEL PCAA.

    La Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), está integrada por las 16 Delegaciones del Distrito Federal, Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuauhtémoc, Cuajimalpa, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tlalpan, Tláhuac, Venustiano Carranza y...

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