Aviso por el que se da a conocer el inicio del Proceso de Formulación y Aprobación del Proyecto de Programa Parcial de Desarrollo Urbano Atlampa para la Alcaldía Cuauhtémoc
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de julio de 2021
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
MTRO. CARLOS ALBERTO ULLOA PÉREZ, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, con fundamento en los artículos 11, 12, 16, 18, 20 y 31 fracciones I, III, VIII y IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 5 fracciones I y II, 7 fracción VI y 14 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y 4 fracción III, 41 fracción I de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
CONSIDERANDO
Que conforme a los artículos 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México y 11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Administración Pública de la Ciudad será Centralizada y Paraestatal.
Que en términos de lo previsto en el artículo 16 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la persona titular de la Jefatura de Gobierno se auxiliará, de entre otras Dependencias, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México.
Que de acuerdo con el numeral 18 de la Ley Orgánica en cita, en cada Dependencia habrá una persona titular, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará, en su caso, por diversos servidores públicos jerárquicamente subordinados, de conformidad a lo establecido en el Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y Manuales Administrativos que correspondan
Que conforme a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 22 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano la planeación del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población estará a cargo, de manera concurrente en la Federación, las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales.
Que de acuerdo con el artículo 30 de la Ley General en cita, la legislación estatal de Desarrollo Urbano determinará la forma y procedimientos para que los sectores social y privado participen en la formulación, modificación, evaluación y vigilancia de los planes o programas de Desarrollo Urbano.
Que es atribución de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad, realizar con el apoyo de las Alcaldías, los estudios para la elaboración de los...
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