Aviso por el que se da a Conocer su Estructura Organizacional

36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de Noviembre de 2018

ALCALDÍA EN IZTACALCO

C. RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ Alcalde del Órgano Político Administrativo en Iztacalco, con fundamento en los artículos 53 apartado A numerales 1, 2, 12, Apartado B numerales 1, 3 inciso a) fracción VIII de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículo 1, 2 fracción 1, 3, 4, 5, 6, 15, 20, 21, 30, 31 fracciones I y VIII, 71 y 74 de la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

De acuerdo con la Constitución Política de la Ciudad de México, la Administración Pública de la demarcación territorial de la Alcaldía en Iztacalco, corresponde a esta en su carácter de Órgano Político Administrativo el cual goza de autonomía presupuestaria, gestión y de gobierno interno.

Para el mejor y más eficiente ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Alcalde de la demarcación territorial tiene la facultad expresa para delegar a las unidades administrativas que les están subordinadas, aquellas atribuciones que expresamente les otorgue la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás cuerpos normativos.

Para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, los titulares de las Alcaldías se auxiliaran de las unidades administrativas, las que estarán subordinadas a este servidor público. El servidor público titular de las referidas unidades administrativas ejercerán las funciones propias de su competencia y serán responsables por el ejercicio de dicha función y atribuciones contenidas en la ley y demás ordenamientos jurídicos.

El titular de la Alcaldía determinará y establecerá la estructura, integración y organización de las unidades administrativas de la misma, en función de las características y necesidades de su demarcación, orientándose bajo los principios de nacionalidad, paridad de género, austeridad, eficacia, economía, planificación y disciplina presupuestal.

Las funciones y atribuciones de cada unidad administrativa deberán establecerse en el manual de organización que elaboré el titular de la alcaldía

El manual tendrá por objeto establecer las facultades, funciones y atribuciones de las unidades administrativas de la Alcaldía y de los servidores públicos que la integran.

Que la alcaldía es un Órgano Político Administrativo del Gobierno de la Ciudad de México, cuya Administración Pública corresponde al Alcalde, misma que esta dotada de personalidad jurídica y autonomía funcional con respecto a su Administración y acciones de Gobierno en los términos que establece la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás ordenamientos locales y de la propia demarcación, así como las que deriven de los convenios que se celebren con el Gobierno de la Ciudad de México o con otras demarcaciones de la Ciudad; en virtud de lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA ALCALDÍA EN IZTACALCO.

La Alcaldía en Iztacalco deberá contar por lo menos con las siguientes Unidades Administrativas:

Gobierno.

Asuntos Jurídicos. Administración.

Obras y Desarrollo Urbano Servicios Urbanos.

Desarrollo y Fomento Económico. Desarrollo Social.

Desarrollo y Fomento Económico. Protección Civil.

Participación Ciudadana Sustentabilidad

Derechos Culturales, Recreativos y Educativos Fomento a la Equidad de Género.

Que le están subordinadas, aquellas atribuciones que expresamente les otorgue la constitución local, la Ley Orgánica de Alcaldías y demás cuerpos normativos aplicables.

Para una mejor dirección en la Administración Pública en esta Alcaldía se crea la nueva estructura conforme a las disposiciones aplicables.

Establecer la estructura, integración y organización de las unidades administrativas de las alcaldías, en función de las características y necesidades de su demarcación territorial, así como su presupuesto, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México.

Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas adscritas a esta Alcaldía en Iztacalco.

Establecer la unidad de género como parte de la estructura de las Alcaldía

Designar a los servidores públicos de la Alcaldía, sujetándose a las disposiciones del servicio profesional de carrera en todo caso los funcionarios de confianza, mandos medios y superiores que serán designados por el Alcalde.

Estructura Orgánica, que se encuentra debidamente detallada a continuación.

NIVEL DENOMINACIÓN PUESTO NOMENCLATURA

475 ALCALDE ALCALDE

225 ENLACE "C" DE EVALUACIÓN A LA ATENCIÓN AL

SERVICIO PUBLICO

855 LÍDER COORDINADOR DE

PROYECTOS "A" DE PROYECTOS DE MANEJO DE AGENDA

855 LÍDER COORDINADOR DE

PROYECTOS "A"

DE PROYECTOS DE FOTOGRAFÍA E IMAGEN

DE CENTRO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

255 JEFE DE UNIDAD

DEPARTAMENTAL "A" DE PRENSA

395 DIRECTOR DE ÁREA "A" DE...

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