Aviso por el que se da a Conocer el Enlace Electrónico donde podrá ser Consultado el Manual Administrativo del Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Obras y Servicios denominado, Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México, con Número de Registro MA-15/181018-OD-SOBSE-AGU-6/010417

16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Noviembre de 2018

AGENCIA DE GESTIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Maestro Jaime Slomianski Aguilar, Titular de la Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 3 fracción II, 6 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 8, 194 y 196 fracción XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 7 fracción V último párrafo, 207 TER y Transitorio Segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, artículos primero y cuarto del Decreto por el que se modifica el diverso que crea el Órgano Desconcentrado denominado Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México; ambos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 21 de febrero de 2017 y;

C O N S I D E R A N D O

  1. Que la Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México es un órgano desconcentrado adscrito a la Secretaría de Obras y Servicios, con autonomía de gestión; que tiene como objeto la atención, gestión y ejecución de los servicios urbanos en la red vial primaria y el mantenimiento de los espacios públicos de la Ciudad de México que le sean encomendados; así como regular, planear e innovar el diseño y la ejecución de políticas públicas, programas y acciones en materia de servicios urbanos e intervenciones en la vía pública que incidan en la funcionalidad de ésta, en coordinación con los Órganos de la Administración Pública local o federal competentes, así como observar que las intervenciones cuya ejecución se encuentre a cargo del sector privado se lleven a cabo en cumplimiento de las normas y demás disposiciones en la materia.

  2. Que como resultado del cumplimiento de los criterios técnicos, metodológicos, operativos y plazos de las etapas de formalización, integración y revisión, en términos del Lineamiento Décimo Quinto, Numeral 3. Revisión. Fracción III de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1° de junio de 2018 y con...

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