Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria del programa social de animales de corral y de traspatio, para el ejercicio 2023

38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 de julio de 2023

ALCALDÍA EN XOCHIMILCO

José Carlos Acosta Ruíz, Alcalde en Xochimilco, con fundamento en lo dispuesto en el Capítulo VI, artículo 53 fracción XI, numeral 3, inciso a), fracción XXXIV de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 30, 31 fracción I y 35 fracción I de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículo 43 inciso I párrafo tercero, 51 fracción VII párrafo segundo, 52 y Décimo cuarto transitorio de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; artículos 32, 33, 34 fracción I, 35, 36 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículos 124, 128 y 129, párrafo primero, párrafo segundo, párrafo tercero, párrafo cuarto, párrafo quinto, párrafo sexto y párrafo séptimo de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículo 128, fracciones II y IV, y 130 del Reglamento de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, para el ejercicio fiscal 2023, y

CONSIDERANDO

Que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento establecen que los Programas Sociales deberán ser publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México a más tardar el 31 de enero de cada año los cuales requieren lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluya, al menos, "Nombre del programa social de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad o Alcaldía responsable; su alineación programática; su diagnóstico; sus objetivos y líneas de acción; su definición de población objetivo y beneficiaria; sus metas físicas; sus orientaciones y programación presupuestal; sus requisitos y procedimientos de acceso; sus criterios de selección de la población beneficiaria; sus procedimientos de instrumentación; su procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; sus mecanismos de exigibilidad; su seguimiento y evaluación; sus indicadores de gestión y de resultados; sus mecanismos y formas de participación social; su articulación con políticas, programas, proyectos y acciones sociales; sus mecanismos de fiscalización; sus mecanismos de rendición de cuentas y sus criterios para la integración y unificación del padrón universal de personas beneficiarias o derechohabientes"; por lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA SOCIAL DE ANIMALES DE CORRAL Y DE TRASPATIO, PARA EL EJERCICIO 2023 A CARGO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO

La Dirección General de Inclusión y Bienestar Social de la Alcaldía Xochimilco, como área coordinadora de los programas sociales y la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable como área responsable, técnica, operativa y ejecutora del programa, teniendo como apoyo técnico operativo a la Dirección de Desarrollo Sustentable y a la Subdirección de Proyectos Sustentables.

CONSIDERACIONES GENERALES

El Programa Animales de Corral y de Traspatio, apoyará a los (as) solicitantes que cumplan, de acuerdo a lo establecido en la presente convocatoria y en las Reglas de Operación vigentes.

La solicitud de paquetes deberá apegarse a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa social "Animales de Corral y de Traspatio" 2023, además, deberán considerar:

- La solicitud se deberá realizar preferentemente en el predio donde habite la o el solicitante de manera permanente, quien deberá acreditar la propiedad o posesión legal y pacífica del bien inmueble mediante escritura pública, contrato...

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