Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria a la Acción Social denominada, “Brigadas de Mujeres para Erradicar la Violencia”, para el ejercicio fiscal 2020

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de noviembre de 2020

ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

PATRICIA JIMENA ORTIZ COUTURIER, ALCALDESA DE LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículos 52 numerales 1 y 4; y 53 apartado A numerales 1, 2 fracciones VIII y XIII, numeral 12 fracción VIII, apartado B numerales 1, 3 inciso a) fracciones XXXIV y XXXVII; así como del Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 4, 6 fracción X, 11 fracción II párrafo 2 y Noveno transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 4, 6, 9, 20 fracciones II y XIII, 29 fracción VIII, 30 y 35 fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículos 3 fracción I, 4 fracción XIII, 7 y 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículos 123, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículos 1, 21 y 22 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; así como en el Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social denominada "Brigadas de Mujeres para Erradicar la Violencia" para el Ejercicio Fiscal 2020, a cargo de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía la Magdalena Contreras, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de fecha 30 de octubre de 2020; he tenido a bien emitir el siguiente:

Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria a la Acción Social denominada "Brigadas de Mujeres para Erradicar la Violencia" para el Ejercicio Fiscal 2020, a cargo de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía la Magdalena Contreras.

I. Nombre de la Acción Social.

1.1. Brigadas de Mujeres para Erradicar la Violencia.

2. Tipo de Acción Social.

2.1. Transferencia monetaria y/o en especie.

3. Entidad Responsable.

3.1. Alcaldía La Magdalena Contreras.

3.2. Dirección General de Bienestar Social (Unidad Administrativa Responsable)

3.3. Subdirección de Bienestar (Supervisión)

3.4. Jefatura de Unidad de Equidad y Género (Operación, control y seguimiento)

4. Objetivos generales y específicos.

4.1. Objetivo general.

Contribuir a mejorar la calidad de vida de la población femenil joven que habita la Demarcación Territorial con la finalidad de que ejerzan de manera efectiva su Derecho a la Salud y su Derecho a la Educación.

4.2. Objetivos específicos.

Apoyar la salud de las mujeres jóvenes mediante una campaña que provea información básica de prevención y sensibilización sobre la violencia de género, la cual se impartirá mediante 100 mujeres facilitadoras que recibirán una transferencia monetaria por las actividades.

Se implementarán las actividades vía remota a través de medios de tecnologías de la información y comunicación

5. Metas.

Otorgar 100 transferencias monetarias para beneficiarias facilitadoras.

6. Presupuesto.

En el ejercicio 2020, se otorgará un apoyo...

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