Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria del programa social,“Talleres de Artes y Oficios Comunitarios 2020” TAOC 2020

SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Dr. José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, Secretario de Cultura de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 8 apartado A numeral 12, apartado D numerales 1 y 3 y, 33 numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 2, 3 fracciones II y XI, 11 fracción I, 16 fracción IV y 29 fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 3, 124 y 129, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11 numeral 1 inciso g), segundo párrafo, de la Ley de los Derechos Culturales de los Habitantes y Visitantes de la Ciudad de México; Décimo Cuarto Transitorio de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; 32, 33 y 38, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 51, del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2, 4, 8, 24 fracción I y 27, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, emito el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA SOCIAL "TALLERES DE ARTES Y OFICIOS COMUNITARIOS 2020" TAOC 2020.

a) Dependencia responsable de la ejecución del Programa

Secretaría de Cultura de la Ciudad de México.

b) Objetivos y alcances

Objetivo

Ampliar la oferta cultural mediante la implementación de la estrategia consistente en la impartición de Talleres de Artes y Oficios Comunitarios y Actividades Culturales a 60,000 habitantes de las 16 alcaldías en PILARES y FAROS, espacios culturales comunitarios, independientes, públicos, así como en las colonias, barrios y pueblos contenidos en la Estrategia 333, para impulsar la formación y el desarrollo creativo de la población al dotarles de capacidades y habilidades artísticoculturales, buscando explotar el potencial creativo inherente a cada persona, desde un marco pedagógico con perspectiva artística a distintos grupos vulnerables tales como personas con discapacidad, indígenas, niñas, niños, adolescentes, mujeres, LGBTTTI, adultos mayores, en situación de calle, privadas de su libertad, que residen en instituciones de asistencia social, migrantes, entre otros y, en donde se concentran los mayores índices de inseguridad y marginalidad.

Alcances

Población objetivo: El Programa Social pretende alcanzar una población objetivo de cualquier edad, cualquier sexo, con atención prioritaria a la población con mayor índice de vulnerabilidad entre niños, jóvenes, adultos y adultos mayores, con nivel básico de educación quienes, de acuerdo con la precitada encuesta, manifiestan mayor interés en adquirir habilidades relacionadas con el arte y la cultura, pero cuyo nivel socioeconómico, les impide sufragar los costos para llevarlo a cabo. Dicha población es de aproximadamente 920,512 personas, ubicadas en las 16 alcaldías de la Ciudad de México.

Población usuaria: 60,000 personas, como alcance mínimo en las 16 alcaldías de la Ciudad de México que participen en las actividades de acuerdo a la ubicación de los PILARES, FAROS, espacios culturales comunitarios, independientes, públicos, así como en las colonias prioritarias contenidas en la Estrategia 333.

La definición de la focalización para la población a facilitadora de servicio por el Programa se toma de las colonias con mayor índice de vulnerabilidad en las 16 alcaldías de la Ciudad de México, dado que no es posible aún que este Programa Social alcance la plena cobertura, dado que las solicitudes implican recursos mayores a los disponibles, por ende se dirige a la población que residen en las unidades territoriales y colonias que cuentan con índices de desarrollo social más bajo, lo cual se fundamenta en lo dispuesto por el artículo 11, "Ciudad Incluyente" de la Constitución Política de la Ciudad de México, en las que se establecen grupos de atención prioritaria.

Población facilitadora de servicios: Dada la naturaleza de este Programa Social, se requiere de facilitadores de servicios, siendo un total de 1,854 que funcionarán de la siguiente manera: 1,307 talleristas de disciplinas artístico-culturales y oficios que promoverán el desarrollo de habilidades y la creatividad; 480 monitores y 67 mediadores, quienes fomentarán los procesos comunitarios, la convivencia, la promoción y la divulgación del arte y la cultura.

80 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de enero de 2020

c) Metas Físicas

El Programa Social de TAOC 2020 tiene como meta atender a la población objetivo que es de 920,512 habitantes de las 16 alcaldías de la Ciudad de México, en el ejercicio 2020.

El Programa Social no está0301 en condiciones de alcanzar la universalidad, por razones presupuestales, lo cual impide garantizar que los talleres de artes y oficios cubran la totalidad del territorio y por ende de la población de la Ciudad de México, de acuerdo con lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y el 47 de su Reglamento, en consecuencia, las actividades de los facilitadores de servicios seleccionados se dirigirán prioritariamente a la población objetivo y a la población usuaria.

Las metas físicas de operación y de resultados son las siguientes:

  1. De operación

    Seleccionar y otorgar apoyos económicos a un máximo 1,307 talleristas, con experiencia en formación artístico 2013 cultural y procesos de integración comunitaria. Impartir talleres y participar en actividades culturales.

    Seleccionar y otorgar el apoyo económico a 480 monitores con experiencia en la gestión y promoción de la cultura en el ámbito comunitario. Monitorear la ejecución de las actividades que realicen talleristas (talleres y actividades culturales).

    Seleccionar y otorgar el apoyo económico a 67 mediadores con experiencia en la gestión y promoción de la cultura en el ámbito comunitario. Planificar, supervisar y evaluar la ejecución de las actividades que realicen monitores y talleristas que colaboren en la implementación de las actividades del programa social.

  2. De resultados

    Impartir un mínimo de 1,307 talleres de Artes y Oficios Comunitarios, 450 festivales y 650 actividades culturales a 60,000 que corresponde a la población usuaria, en las 16 alcaldías de la Ciudad de México.

    Se considerarán resultados cualitativos mediante el registro fotográfico, audio visual de las relatorías del aprendizaje y de los procesos comunitarios que se generen mediante la impartición de las actividades, a través del seguimiento que le dé la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria.

    d) Programación presupuestal

    Se ejercerá un presupuesto de $179, 640,000.00 (ciento setenta y nueve millones seiscientos cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), a talleristas, monitores y mediadores, así como los gastos de operación.

    Se entregará el apoyo económico hasta en doce ministraciones, de las cuales, una corresponderá a actividades extraordinarias a realizar en el mes de enero. Cada ministración se entregará el último día hábil de cada mes, a las personas facilitadoras de servicio por las colaboraciones de las actividades artístico-culturales.

    RUBRO SUBRUBRO

    NO. DE MINISTRACIONES

    FRECUENCIA/ PERIODICIDAD

    MONTO ANUAL POR SUB-RUBRO

    Tallerista Tipo "A" 12 Una por mes $ 73,038,000

    Tipo "B" (FAROS)

    12 Una por mes $ 37,323,900

    Mediador Mediador 12 Una por mes $ 12,060,000 Monitor Tipo "A" 12 Una por mes $ 51,360,000

    Tipo "B" 12 Una por mes $ 4,800,000

    En el supuesto de que existan remanentes por bajas o cualquier otro motivo, la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria podrá redistribuir los recursos entre las personas facilitadoras de servicios que se registren y cumplan con los perfiles establecidos, quienes recibirán la parte proporcional del apoyo económico que corresponda, de acuerdo con el

    momento de su ingreso, con base en el monto mensual unitario establecido en el numeral 7.3, de la presente convocatoria o para el costo estimado de gastos de operación (gastos operativos, técnicos y administrativos de implementación del programa), según corresponda.

    Las personas facilitadoras de servicio deberán confirmar vía electrónica o por escrito la recepción de todos y cada uno de los apoyos económicos entregados mientras se encuentren activos en este Programa Social, los primeros 5 días hábiles siguientes a la recepción de éstos. En caso de no recibir notificación alguna, la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria dará por hecho la recepción de los apoyos económicos.

    La entrega del apoyo económico se hará a través del mecanismo que determine la Dirección General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México.

    Monto unitario por persona facilitadora de servicios.

    CATEGORÍAS MINISTRACIÓN UNITARIA

    POR MES Tallerista

    Tipo "A" $ 6,475 Tipo "B" (FAROS) $ 8,475 Mediador

    Mediador $ 15,000 Monitor

    Tipo "A" $ 12,000 Tipo "B" $ 10,000

    Se destinará un mínimo de 0.59% del total del presupuesto asignado a los gastos de operación del Programa Social, lo que equivale a $1,058,100 (un millón cincuenta y ocho mil cien pesos 00/100 M.N.).

    e) Requisitos y procedimiento de acceso

    1. Requisitos de acceso.

    Los requerimientos para cumplir para ser personas usuarias y facilitadoras de servicios del Programa Social serán transparentes, neutrales, apartidistas, institucionales y tomando en consideración los principios generales de la política social de la Ciudad de México, particularmente el de universalidad.

    1.1 Usuarios:

    f09fSer habitante de la Ciudad de México.

    f09fEstar interesado en participar en las actividades artísticas culturales del Programa Social.

    f09fFormato de registro del taller/es en el que desea participar.

    f09fEn caso de ser menor de edad, acompañar de una copia legible por ambos lados de una identificación con fotografía del tutor.

    f09fCURP

    1.2 Personas facilitadoras...

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