Aviso por el que se da a conocer el Calendario para la verificación sanitaria de ambulancias para el año 2024

42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de enero de 2024

Ó R G A N O S D E S C O N C E N T R A D O S AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA

Ángel González Domínguez, Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México, fundamento en lo dispuesto en los artículos 7 fracción III, 19 fracción I inciso c), 47 fracción I, 48, 52, 159 fracción I, inciso d) de la Ley de Salud de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 7 fracción XV, párrafo final, 323 y 324 fracciones I, inciso j), V, XI, XIII y XIV del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 4, 5 fracciones I incisos p) y r) y IX, 10 fracciones IV, VIII y IX del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México; 11, 16, y 21 del Reglamento para regular los vehículos de uso como ambulancia que circular en la Ciudad de México, así como de personal técnico que presta sus servicios en la materia.

CONSIDERANDO

Que el derecho a la salud se encuentra consagrado en el artículo 9 apartado D de la Constitución Política de la Ciudad de México, el cual establece que toda persona tiene derecho al más alto nivel posible de salud física y mental, con las mejores prácticas médicas, por lo que a nadie le será negada la atención médica de urgencia.

Que uno de los objetivos prioritarios del Gobierno de la Ciudad de México, es garantizar que el servicio prestado por las unidades móviles para la atención médica prehospitalaria, de los sectores públicos, social y privado sea seguro y de calidad, por lo que se requiere la constatación, por parte de la autoridad sanitaria, de las condiciones en las que se presta dicho servicio mediante acciones de vigilancia y control sanitario de estas unidades y del personal técnico abordo, promoviendo la observancia de la normativa sanitaria vigente en aquellos prestadores que la incumplen a fin de prevenir que se ponga en riesgo la vida e integridad de las personas usuarias de dicho servicio.

Que la Secretaría de Salud a través de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México, lleva a cabo acciones de regulación, control, vigilancia y fomento sanitario de las condiciones, sitios, servicios, personas o actividades que pudiera representar un riesgo sanitario o que pudieran afectar la salud de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México; entre las que se encuentra la...

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