Aviso por el que se da a conocer el Acuerdo mediante el cual se reforman los Lineamientos Generales sobre protección de datos personales en posesión de sujetos obligados de la Ciudad de México

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 de septiembre de 2019

INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

HUGO ERIK ZERTUCHE GUERRERO, SECRETARIO TÉCNICO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN XVIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE INSTITUTO, Y EN CUMPLIMIENTO AL PUNTO TERCERO DEL ACUERDO 2264/SO/14-08/2019, EMITE EL SIGUIENTE:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE REFORMAN LOS LINEAMIENTOS GENERALES SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

ACUERDO 2264/SO/14-08/2019

CONSIDERANDO

1. DEL INSTITUTO

1.1 Que el siete de febrero de dos mil catorce, se promulgó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), en materia de transparencia, modificando entre otros los artículos 6º y 116, fracción VIII, los cuales establecen la creación de órganos autónomos, especializados e imparciales, responsables de garantizar el derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.

1.2 Que en cumplimiento del artículo segundo transitorio del Decreto de reforma en materia de transparencia, el Congreso de la Unión expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual fue publicada el cuatro de mayo de dos mil quince en el Diario Oficial de la Federación, que entró en vigor al día siguiente de su publicación de acuerdo con lo dispuesto en su artículo primero transitorio.

1.3 Que en cumplimiento al quinto transitorio y artículo 157 último párrafo y de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (Ley General), la cual fue publicada el veintiséis de enero de dos mil diecisiete en el Diario Oficial de la Federación, que entró en vigor al día siguiente de su publicación de acuerdo a lo dispuesto en su artículo primero transitorio, se establece la emisión de lineamientos específicos por parte de los órganos garantes de las entidades federativas.

1.4 Que en el artículo segundo transitorio de la citada Ley General, se estableció la obligación de ajustar las leyes vigentes de las entidades federativas en materia de protección de datos personales, a las disposiciones previstas en dicha norma general, en un plazo de seis meses siguientes a partir de su entrada en vigor, mencionada en el considerando anterior.

1.5 Que el seis de mayo de dos mil dieciséis se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se expide la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (Ley de Transparencia).

1.6 Que el cinco de febrero de dos mil diecisiete se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se expidió la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución local), que en su artículo 7, apartado E, numerales 2, 3 y 4, estableció el deber de proteger la información que se refiera a la privacidad y los datos personales, en los términos y con las excepciones previstas en la Constitución federal y las leyes; asimismo prohibió cualquier injerencia arbitraria, oculta o injustificada en la vida de las personas y dispuso que toda persona tiene derecho al acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales y a manifestar su oposición respecto del tratamiento de los mismos.

1.7 Que en el artículo 46, apartado A, inciso d), de la Constitución local se dispuso que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Instituto o INFO) es un organismo autónomo de carácter especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, plena autonomía técnica y de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y para determinar su organización interna de conformidad con lo previsto en las leyes correspondientes.

1.8 Que en sesión del Congreso de la Ciudad de México, celebrada el dieciocho de diciembre...

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