Aviso por el que se convoca a todos los líderes, representantes y comerciantes establecidos en vía pública en la Delegación Miguel Hidalgo, a fin de presentar por escrito las actualizaciones de los padrones

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de Junio de 2016

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A TODOS LOS LÍDERES, REPRESENTANTES Y COMERCIANTES ESTABLECIDOS EN VÍA PÚBLICA EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A FIN DE PRESENTAR POR ESCRITO LAS ACTUALIZACIONES DE LOS PADRONES.

LIC. OBDULIO ÁVILA MAYO, en mi carácter de Director General de Servicios Jurídicos y Gobierno, en la demarcación territorial en Miguel Hidalgo y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 14, 16 fracción II de la Base Tercera del Inciso C del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos , , 104 y las fracciones V, VI y XI artículo 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículo 2° párrafo tercero 3 fracción XI del artículo 10, 36, 37, 38; fracciones VI, VIII y LXXXIII del artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, II de La Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal: artículo 14 fracción I de La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; párrafos primero y segundo del artículo 1; fracción III del artículo 3, 120, 121, inciso A) de la fracción XI del artículo 122 Bis; fracciones I y XIV del 123; fracciones I y IV del 169; fracciones I, III, IV y X del artículo 170 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal se da a conocer el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A TODOS LOS LÍDERES, REPRESENTANTES Y COMERCIANTES ESTABLECIDOS EN VÍA PÚBLICA EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A FIN DE PRESENTAR POR ESCRITO LAS ACTUALIZACIONES DE LOS PADRONES.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7, 8, 9, 11, 30, 31 y demás relativos y aplicables de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal con relación al punto número 8 del Acuerdo 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento de Comercio en Vía Pública y los criterios para la aplicación de las cuotas por concepto de aprovechamiento por el uso de las vías y áreas públicas para realizar actividades mercantiles, publicado en la Gaceta Oficial el 16 de febrero de 1998, que en lo conducente dice: "De las asociaciones de comerciantes. Las Asociaciones de comerciantes pueden intervenir para representar a sus asociados y con tal carácter podrán concertar con las autoridades los lugares de instalación o reubicación; pero los trámites para la obtención de los permisos serán siempre individuales....

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