Avalan, parcialmente, tope a precio de gas

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- Un juez federal declaró ayer constitucional el tope al precio de gas LP que se distribuye mediante autotanque, pero resolvió que es ilegal para otras modalidades de abasto del energético.

Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo especializado en competencia económica, concedió parcialmente los primeros tres amparos contra el acuerdo A/023/2022 de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), publicado el 28 de julio de 2022.

Dicho acuerdo estableció la metodología permanente para calcular el precio máximo del gas LP, luego de que el Gobierno había aplicado esta medida mediante directrices de emergencia desde mediados de 2021.

El amparo fue concedido sólo contra tres modalidades de expendio al público de gas LP: bodegas de expendio, estaciones de servicio con fin especifico y estaciones de servicio multimodal.

El juez determinó que, tratándose de estas modalidades -legalmente clasificadas como "expendio al público"-, la Ley de Hidrocarburos no permite al Gobierno fijar precios máximos en ningún caso, sino que se debe regir a lo que determine el mercado.

"No existía sustento normativo para que la CRE incluyera también como sujetos obligados por el acto reclamado a los permisionarios que cuentan con un permiso para expendio al público de gas LP", afirman las sentencias.

En la bodega de expendio el consumidor puede llenar directamente tanques portátiles de hasta 25 kilos.

La estación de servicio específico es una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR