Avala SCJN impugnación de las penas

AutorVíctor Fuentes

LAS VÍCTIMAS u ofendidos por un delito tienen el derecho a impugnar la absolución del acusado o la aplicación de una pena demasiado leve, mediante un amparo directo ante los tribunales federales.

Por primera vez en su historia, la Suprema Corte de Justicia aprobó el 20 de marzo una tesis de jurisprudencia en la que abandonó el criterio tradicional de que solo el acusado puede promover amparo directo, y en cuanto a las víctimas, solo pueden hacerlo cuando no están satisfechas con la reparación del daño fijada por el tribunal responsable.

"La legitimación de las víctimas es acorde con el principio de equilibrio de las partes procesales en materia penal y con el reconocimiento de la calidad de parte activa en el sistema procesal a favor de la víctima u ofendido del delito, ya que permite exigir el derecho a conocer la verdad; solicitar que el delito no quede impune; que se sancione al culpable y se obtenga la reparación del daño", afirmó la Primera Sala del máximo tribunal.

"Lo anterior, mediante la impugnación no sólo de la eventual ilegalidad del apartado concreto de reparación del daño, sino también de los pronunciamientos judiciales relacionados...

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