Avala tribunal demandar clínicas por negligencia

AutorVíctor Fuentes

Un tribunal federal determinó que los hospitales -privados y públicos-, pueden ser demandados por la vía civil en casos de negligencia médica, aún si el personal responsable desobedeció órdenes superiores en su actuación.

“Es claro que el hospital debe responder solidariamente por los daños causados por sus operarios”, afirmó el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil en Guadalajara, “pues su responsabilidad tiene como fundamento la presunción de culpa en la elección de sus encargados o empleados que causen el daño”.

El precedente fue resultado de un amparo negado al hospital Santa María Chapalita. El tribunal lo difundió en mayo pasado -aunque no publicó la sentencia completa-, y se suma a la jurisprudencia vigente desde 2002, según la cual las instituciones médicas pueden ser demandadas por daño moral en casos de negligencia.

Dicha tesis fue emitida por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil en la Ciudad de México, y obliga a todos los juzgados del Distrito Federal a tramitar y resolver las demandas donde una persona víctima de negligencia médica reclame una indemnización económica por el daño moral sufrido, más allá del reclamo por daños material.

El caso de Jalisco derivó de los daños que sufrió un paciente por la aplicación inadecuada de una anestesia, aunque no se conocen los detalles específicos.

“Si se proporciona a los médicos una sustancia peligrosa como la anestesia, que puede llegar a producir efectos como la disminución de funciones vitales incluyendo el sistema cardiovascular, respiratorio y cerebral, pudiendo producir en algunas casos efectos adversos, y si tal efecto es causado a un paciente, es claro que el hospital debe responder solidariamente por los daños causados por sus operarios”, sostuvo el tribunal.

Las demandas...

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