Avala la Corte IETU

AutorAbel Barajas

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró ayer que son constitucionales todos los aspectos de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) que fueron impugnados mediante amparos judiciales.

El máximo tribunal le negó la protección de la justicia a un total de 7 mil 395 personas físicas y a 32 mil 449 morales que impugnaron 15 conceptos del gravamen en lo que ha sido el mayor litigio fiscal registrado en México.

Por seis votos contra cinco, los ministros determinaron ayer que el IETU no transgrede la garantía de proporcionalidad tributaria, al limitar a personas físicas y morales la devolución del desaparecido Impuesto al Activo (Impac).

La norma impugnada establece que el pago de devoluciones por el Impac "no puede ser mayor a la diferencia entre el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se pague y el Impac pagado".

La mayoría de los ministros opinaron que esta limitante no implica una violación de garantías y que este reclamo específico ni siquiera puede ser analizado a la luz de las garantías que establece la Carta Magna.

Ése fue el último de los 15 conceptos impugnados por las empresas y también fue la última de seis sesiones dedicadas al tema por el pleno de la Corte.

A lo largo de todo el debate, los ministros determinaron que la Ley del IETU no vulnera los principios constitucionales de legalidad, equidad y proporcionalidad tributaria.

Llegó también a la conclusión de que no vulnera la proporcionalidad tributaria, al no establecer un mecanismo de ajuste de los pagos provisionales del impuesto, para hacerlos coincidir con el tributo que deba pagarse al final del ejercicio fiscal, como sucede en el ISR.

La Corte también concluyó que no se violenta la equidad tributaria, al permitirse la deducción de regalías entre partes independientes y prohibirse cuando se trate de partes relacionadas.

Igualmente resolvió que la abrogación de la Ley del Impac y la modificación de los mecanismos que permiten la devolución de dicho...

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