Avala Corte aborto en casos de violación

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia avaló una Norma Oficial Mexicana (NOM) de 2016 que ordenó a los hospitales públicos interrumpir embarazos que sean resultado de una violación, sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el Ministerio Público, ni de verificar si el delito realmente existió.

Por 8 votos contra 3, el pleno de la Corte declaró infundada una controversia constitucional promovida por el Gobierno de Baja California, que alegó que la reforma a la NOM-190-SSA1-1999, emitida por la Secretaría de Salud del Gobierno federal, fue ilegal y afectó atribuciones estatales.

Aguascalientes fue el otro estado que reclamó ante la Corte esta reforma, por la cual se removió a las víctimas de violación el requisito de autorización previa del MP para acceder a un aborto, que existía en la versión de la NOM vigente desde 2009.

"Me parece que este tribunal pleno tiene que mandar un mensaje muy claro de que se protegen los derechos de las mujeres, y esta norma tiende a hacer mucho más laxo, fácil y sencillo el acceso a este derecho constitucional cuando las mujeres han dio afectadas de manera grave en su libertad sexual"...

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