Acuerdo por el que se autorizan las tarifas de los servicios públicos que prestan los cementerios y crematorios concesionados del Distrito Federal

Fecha de Entrada en Vigor14 de Diciembre de 2011

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZAN LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS QUE PRESTAN LOS CEMENTERIOS Y CREMATORIOS CONCESIONADOS DEL DISTRITO FEDERAL

(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8 fracción II, 67 fracción II y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 16 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 74 fracción II y 75 del Reglamento de Cementerios del Distrito Federal, así como en el Acuerdo por el que se Establece el Procedimiento para la Autorización de Tarifas de los Servicios Públicos que prestan los Cementerios y Crematorios Concesionados del Distrito Federal, y;

C O N S I D E R A N D O

Que el 31 de octubre de 2000, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el "Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la autorización de tarifas de los servicios públicos que prestan los cementerios y crematorios concesionados del Distrito Federal", el cual tiene por objeto establecer el procedimiento para la autorización de tarifas de los servicios públicos que se presentan en los cementerios y crematorios concesionados del Distrito Federal, así como el porcentaje que deberán enterar a la Tesorería del Distrito Federal del total de los ingresos recibidos por todos los servicios públicos prestados.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo segundo del Acuerdo en cita, los cementerios y crematorios del Distrito Federal contarán con 10 días naturales, computados del 6 al 15 de noviembre de cada año, para entregar a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, un informe sobre los servicios públicos que prestan y precios que cobran por ellos, y en su caso, la solicitud de nuevas tarifas, con la finalidad de que se lleve a cabo su registro y evaluación.

Que el 7 de noviembre del año en curso, la persona moral "Sociedad de Beneficencia Española", Institución de Asistencia Privada, presentó el informe de los servicios públicos que presta y las tarifas que cobra por ellos, así como la solicitud de actualización de dichas tarifas.

Que el 11 de noviembre del año en curso, las empresas "Panteón Jardín de México", S.A. y "Nuevo Panteón Jardín", S.A. de C.V. presentaron el informe de los servicios públicos que prestan y las tarifas que cobran por ellos, así como la solicitud de actualización de dichas tarifas.

Que la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, llevó a cabo el registro y la evaluación de las solicitudes presentadas antes aludidas.

Que para eficientar la prestación del servicio público que brindan los cementerios concesionados resulta necesaria la actualización y la autorización de tarifas, a fin de que los concesionarios operen de acuerdo a las variantes económicas que vive el país, haciendo más eficaz y eficiente la prestación del servicio público, por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZAN LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS QUE PRESTAN LOS CEMENTERIOS Y CREMATORIOS CONCESIONADOS DEL DISTRITO FEDERAL QUE SE INDICAN.

PRIMERO. Se autorizan las tarifas para la prestación de los servicios públicos que proporcionan los cementerios concesionarios "Sociedad de Beneficencia Española", I.A.P., "Panteón Jardín de México", S.A. y "Nuevo Panteón Jardín", S.A. de C.V.; mismas que estarán vigentes en el ejercicio fiscal 2012, en los términos siguientes:

"SOCIEDAD DE BENEFICENCIA ESPAÑOLA", I. A. P. (PANTEÓN ESPAÑOL)

CUOTA ANUAL DE MANTENIMIENTO DEL PANTEÓN $ 245.00 DERECHOS DE INHUMACIÓN $ 220.00 MANIOBRAS EN FOSA $ 220.00 MANIOBRAS EN GAVETA $ 385.00 MANIOBRAS EN NICHO $ 165.00 CERCO DE LADRILLO $ 365.00 AZULEJO $ 135.00 CONSTRUCCIÓN DE BÓVEDA $1,325.00 LOZAS $ 220.00 EXHUMACIÓN DE RESTOS ÁRIDOS $ 440.00 EXHUMACIÓN PREMATURA $1,100.00 REINHUMACIÓN PREMATURA $1,100.00 REINHUMACIÓN DE RESTOS ÁRIDOS $ 165.00 EXCEDENTE DE TERRENO (AMPLIACIÓN FOSA) $ 770.00 QUITAR Y PONER LAPIDÓN GAVETA $ 440.00 QUITAR Y PONER LAPIDÓN NICHO $ 220.00 DESMONTE Y MONTE MONUMENTO $ 770.00 CAMBIOS Y EMISIÓN DE NUEVOS TÍTULOS $1,650.00

FOSAS NUEVAS CON DOS BÓVEDAS TARIFA

MANIOBRAS $ 220.00 CERCO DE LADRILLO $ 365.00...

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