SE AUTORIZA EL TRASLADO PROVISIONAL DEL RECINTO LEGISLATIVO A LA UNIVERSIDAD TECNOL�GICA DE NAYARIT.
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder
Legislativo.- Nayarit.
LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:
Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:
DECRETO
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XXVIII Legislatura, decreta:
Autorizar el traslado provisional del recinto legislativo a la Universidad Tecnológica de Nayarit
Artículo Único.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo, se autoriza el traslado provisional del recinto legislativo a la Universidad
Tecnológica de Nayarit, ubicada en el municipio de Xalisco, a partir del próximo 17 de agosto del año 2008 y hasta en tanto se concluyan los trabajos de construcción y remodelación que se llevan a cabo en el inmueble que actualmente ocupa el Honorable
Congreso del Estado, sito en Avenida México No. 38 norte, zona centro en la ciudad de
Tepic, capital del Estado de Nayarit.
Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el
Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado.
I
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Al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit;
I
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Al Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Nayarit;
I
I
I
I
I
I
A los Ayuntamientos de la entidad;
I
I
V
V
A los Poderes de la Unión;
V
V
A las Legislaturas de los Estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal.
Sábado 16 de Agosto de 2008 Periódico Oficial 3
Artículo Tercero.- Se autoriza a la Comisión Instaladora de la Vigésima Novena
Legislatura, para que realice los trámites y logística necesaria para el cabal cumplimiento del presente decreto.
DADO en la Sala de Sesiones “Lic. Benito Juárez García” del Honorable Congreso del
Estado de Nayarit, en Tepic su capital a los doce días del mes de agosto del años dos mil ocho.
Dip. Rafael Vega Herrera, Presidente.-
Rúbrica.-
Dip. Bertha Armida Arcadia Gómez,
Secretaria.-
Rúbrica.-
Dip. Angélica Cristina Del Real Chávez, Secretaria.-
Rúbrica.
Y en cumplimiento a lo dispuesto en la Fracción II...
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