Certificación del Acuerdo mediante la cual se autoriza el incremento de densidad en predio ubicado en camino a Los Olvera y calle Santoyo. (Primera publicación).

30 de abril de 1999 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 261
C.V., amparando obras y operación del proyecto.
12.- La Dirección de Ecología de Gobierno del Es-
tado, podrá evaluar de nueva cuenta el informe
preliminar o solicitar información adicional con fines
de supervisión de la autorización otorgada. 13.-
Cualquier incumplimiento del dictamen y/o modifi-
cación del proyecto, estará sujeto las sanciones
correspondientes. 14.- La Dirección de Ecología,
puede vigilar los términos establecidos en el dicta-
men rendido. III.- De igual forma, por oficio
DE/1005/08, la Secretaría de Desarrollo Urbano
Obras Públicas y Ecología del Estado, a través de
la Dirección de Ecología y Protección Ambiental,
CONSIDERÓ QUE NO EXISTE INCONVENIENTE
para que se efectúe la reubicación de un horno
crematorio en las instalaciones del Panteón que se
encuentra en Av. Eucalipto s/n Los Olvera, Corregi-
dora. IV.- Que las comisiones de Desarrollo Urbano
y Ecología proceden a emitir los siguientes razo-
namientos: A) El servicio funerario de horno crema-
torio de cuerpos humanos que solicita Organización
Promotora Alianza, S.A. de C.V., es un servicio
público municipal, como lo refiere la fracción III del
artículo 115 de la Constitución Política de los Esta-
dos Unidos Mexicanos. V.- Organización Promotora
Alianza, S.A. de C.V., justifica su personalidad me-
diante escritura pública 15,508 de fecha 3 de julio
de 1996, de la Notaría Pública Número 11, inscrita
en el Registro Público de la Propiedad y del Co-
mercio bajo el Folio Mercantil número 4128/1, de
fecha 18 de noviembre de 1997. Su representante
legal el C. Antonio Camacho Novoa, acredita su
personalidad mediante poder general para pleitos y
cobranzas, actos de administración y actos de do-
minio, con escritura pública número 7,811 ante la
Notaría Pública Número 15 de la ciudad de Queré-
taro, de fecha 27 de octubre de 1997. Sobre la base
de lo expuesto se emite el siguiente: --------------------
-------------------------- ACUERDO---------------------------
PRIMERO.- Se otorgue en términos de lo
que establece el artículo 99 de la Ley Orgánica
Municipal, concesión para operar el servicio funera-
rio (horno crematorio) a favor de Organización
Promotora Alianza, S.A. de C.V., en las instalacio-
nes del Panteón denominado “Porta Coeli”, con las
siguientes consideraciones: 1.- Que el domicilio
para la ubicación del horno crematorio al que se
otorga la concesión lo es sito en Calle Eucalipto
S/N, Los Olvera Municipio de Corregidora misma
que es intransferible, al igual que la concesión. 2.-
Deberá suscribir convenio de obras de mejoras a la
zona con el Municipio de Corregidora en un término
que no exceda de 30 días. 3.- Se deberá cumplir
con la reglamentación en materia de salud. SE-
GUNDO.- Se autorice la concesión por término de
15 años sujetos en caso que al concluir dicho tér-
mino no se haya cubierto el servicio se otorgue una
prórroga del mismo. TERCERO.- Envíese la docu-
mentación correspondiente a la H. LII Legislatura,
considerando que la concesión excede del periodo
constitucional del Ayuntamiento, es necesario con-
tar con la autorización correspondiente, lo anterior
de conformidad a los artículos 80, 91 y 99 de la Ley
Orgánica Municipal. CUARTO.- De conformidad a
lo que establece, el artículo 54 fracción IV, de la
Ley Orgánica Municipal, se autorice a la remisión y
seguimiento de la documentación ante la H. LII
Legislatura por conducto del Ejecutivo.
ES DADO EN LA CIUDAD DE EL PUEBLITO CO-
RREGIDORA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE
ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
NUEVE.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
ULTIMA PUBLICACION.
GOBIERNO MUNICIPAL.
EL CIUDADANO LICENCIADO JORGE CEVA-
LLOS PÉREZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIEN-
TO DE CORREGIDORA, QRO. EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO
54 FRACCIÓN V DE LA LEY ORGÁNICA MUNICI-
PAL.---------------------------------------------------------------
---------------------------CERTIFICA -------------------------
I.- QUE EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO 30
DE MARZO DE 1999, MIL NOVECIENTOS NO-
VENTA Y NUEVE, SE RESOLVIÓ. ---------------------
VISTA.- PARA RESOLVER DICTAMEN QUE AU-
TORICE EL INCREMENTO DE DENSIDAD EN
PREDIO UBICADO EN CAMINO A LOS OLVERA
Y CALLE TERESA SANTOYO, PROPIEDAD DE
GRUPO INMOBILIARIO DE QUERETARO, S.A.
DE C.V. ---------------------------------------------------------
-----------------------CONSIDERACIONES ---------------
CON FUNDAMENTO LEGAL EN EL ARTÍCULO
115 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN POLÍ-
TICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;
ARTICULOS 78, 80 Y 86 PARRAFO SEGUNDO
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
QUERÉTARO ARTEAGA; ARTICULOS 35, 39, 42
Y 45 FRACCION VII DE LA LEY ORGÁNICA MU-
NICIPAL; ARTICULOS 3, 5, 13, 14, 15, 147 Y DE-
MÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO URBANO; AR-
TICULOS 9 fracciones I, III, IX Y 15 DE LA LEY
GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS;
CORRESPONDE EN SESIÓN DE CABILDO RE-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR