Auditores policiales en México

(Embargada para sitios en internet hasta las 24:00 horas locales)Ernesto López Portillo(Director del Incyde)EL UNIVERSALMientras las consecuencias de las buenas y malas conductas de cada policía y el aprendizaje institucional no estén asegurados, México no logrará un cambio sostenible que modernice, profesionalice y sobre todo que reconcilie a la policía con la sociedad. Como sucede a lo largo del mundo, en México debemos montar sistemas internos y externos de control y supervisión policial. En tanto las instituciones policiales mexicanas puedan encerrarse para "resolver" por su cuenta lo que hacen y dejan de hacer, el cambio no llegará.Por ello debemos establecer un sistema de cobertura nacional de auditores policiales independientes. Debemos crearlos en los tres ámbitos de gobierno, sumándonos a esta buena práctica en pleno crecimiento a nivel internacional. La ONU publicó en 2011 un extenso manual sobre rendición de cuentas, supervisión e integridad policial ("Handbook on police accountability, oversight and integrity", UNODC, 2011). El texto representa la más avanzada y comprensiva visión del diseño institucional necesario para construir instituciones policiales democráticas, profesionales, modernas y confiables. El manual califica como "crucial" la creación de entidades independientes de supervisión. En México, son las comisiones de derechos humanos las entidades más cercanas a esta tarea; sin embargo, su mandato no incluye aspectos clave de la supervisión policial independiente, como se comprueba en las siguientes líneas. El manual afirma que, como mínimo, esas entidades deben: a) tener la capacidad de recibir quejas directamente del público y de los servidores públicos; b) crear sistemas de información con todas las quejas presentadas contra la policía (donde sea que las mismas hayan sido presentadas); c) tener la capacidad de iniciar una investigación por sí misma, con los suficientes poderes para construir el caso; d) poderes suficientes para obtener la información requerida, incluyendo el acceso pleno a los archivos policiales; e) poderes para ordenar la presencia de testigos, incluyendo la policía misma; f) atribuciones también para recomendar acciones disciplinarias y...

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