Atrae justicia cívica los accidentes leves

AutorAntonio Baranda

A partir de mañana, los choques leves que no impliquen lesionados, muertos o daño al mobiliario urbano, ya no se atenderán en los ministerios públicos, sino en los juzgados cívicos.

Esta reforma, presentada en enero pasado y aprobada sólo un mes después, permitió la despenalización del daño a la propiedad culposo por tránsito vehicular, que representaba el 30 por ciento de la carga de trabajo de los MP.

"Es una reforma que incide de muchas maneras porque se le quita trabajo a la Procuraduría para que se dedique a otros asuntos mucho más delicados, y que le importan más a la sociedad.

"También se sigue contribuyendo a la cultura cívica porque la gente se puede hacer mucho más consciente de cómo se comporta al manejar, y se responsabiliza de sus actos, lo que mejorará la convivencia", comentó la Consejera Jurídica, Leticia Bonifaz.

La atención

El sentido de la reforma al Código Penal y la Ley de Cultura Cívica, es que la mayor cantidad de los llamados "choques lamineros" se resuelvan entre los particulares en el lugar que ocurrieron los hechos.

Es decir, que no haya necesidad de la intervención del juzgado cívico para determinar quién fue el responsable, sino únicamente de las compañías aseguradoras de los automovilistas involucrados.

Incluso, para mejorar el servicio de los ajustadores y agilizar el cobro de los daños, la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) se comprometió a modificar algunas cláusulas de las pólizas.

En entrevista, Bonifaz recordó que el Reglamento de Tránsito Metropolitano (RTM) obliga a los automovilistas a contratar un seguro que cubra la responsabilidad civil por daños a terceros.

El Manual

Bajo la premisa de "el que pega paga", la AMIS elaboró un manual práctico para determinar, mediante "matrices", la responsabilidad de los conductores involucrados en un accidente menor.

Este instrumento será el mismo que utilicen los peritos en tránsito terrestre adscritos a los juzgados cívicos, para determinar quién tuvo la culpa, y por lo tanto quién debe pagar los daños.

Las denominadas "Reglas Generales" basan su contenido en el Reglamento de Tránsito Metropolitano, pero no toman en cuenta como factores de responsabilidad, a la velocidad, el clima, las condiciones del camino, la visibilidad, o la participación de transeúntes.

Por ejemplo, el Subcomité de Siniestros de la AMIS explica mediante diagramas, que en una colisión por alcance el responsable siempre será el vehículo que circula en la parte de atrás.

"Si...

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