Asunto Nº 282 del H. Congreso del Estado de Chihuahua, 13-12-2016

Fecha de publicación13 Diciembre 2016
Fecha13 Diciembre 2016
EstatusDictaminada
Autor de la iniciativaDip. Alejandro Gloria González (PVEM), Dip. Hever Quezada Flores (PVEM)

2016 Año de Elisa Griensen Zambrano”



H CONGRESO DEL ESTADO

PRESENTE.



Los suscritos Diputados Alejandro Gloria González y Hever Quezada Flores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la Sexagésima Quinta Legislatura del H. Congreso del Estado, en uso de las atribuciones que nos confieren los artículos 64 fracciones I y II y demás relativos de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como el 167 Fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, acudimos a esta Soberanía a presentar Iniciativa con Punto de Acuerdo, a efecto de que el H. Congreso del Estado exhorte de manera atenta y respetuosa a las Secretarias del Trabajo y Previsión Social tanto del Gobierno Federal como del Gobierno del Estado, con el propósito de cada dependencia en el ámbito de su competencia en aplicación de las normas laborales, fortalezcan las acciones de difusión, así como de prevención y sanción en su caso, que permita el logro de mejores resultados en el cumplimiento por parte de las empresas y demás centros de trabajo en lo relativo al pago del aguinaldo que deberá ser cubierto en beneficio de los trabajadores, a más tardar el 19 de diciembre, como fecha límite para su entrega. Lo anterior de acuerdo a la siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El aguinaldo, tradicional obsequio, regalo o paga extraordinaria que se realiza por Navidad es una tradición muy antigua, que se remonta al pueblo celta, costumbre conocida con el nombre de "eguinad" con la que los celtas designaban el regalo de año nuevo. La tendencia a intercambiar obsequios entre unos y otros con ocasión de la Navidad está muy extendida en diferentes culturas. Ello obedece a la creencia de que los mejores augurios para el año que empieza se atraen con generosos regalos. Los celtas intercambiaban dátiles y frutos secos, como muestra para empezar confortablemente el año y era como una "declaración de motivos" para demostrar satisfacción y desear buena suerte.


La palabra latina que designa el "aguinaldo", es strenna o strena, cuyo primer significado es precisamente presagio o pronóstico; luego se acostumbró a simbolizar los presagios en regalos, de tal manera que al tiempo que se presagiaba o se deseaba a alguien algún bien con ocasión del inicio del año o de la fiesta natalicia, se le anticipaba una muestra de aquello que se expresaba con los deseos. De ahí se deriva el intercambio de regalos para expresar el agradecimiento por los buenos augurios y por el regalo que los presagiaba, no sólo con buenas palabras, sino también con regalos.


En el contexto de lo laboral, esta paga extraordinaria nace con el concepto del patrón que deseaba premiar al trabajador y esto se realizaba según las diferentes culturas, en dinero o en especie en la época del año que simboliza momentos de reflexión, de arrepentimiento, de dar y compartir con los semejantes. De aquí nace también la tradicional cesta de navidad, con productos típicos, turrones, dulces, cavas, etc.


En muchos países, especialmente en la Europa Nórdica, los niños van en grupo por las casas, cantan villancicos y reciben una donación en dinero o dulces en una canastilla que usaban los campesinos para la entrega del aguinaldo. Antiguamente profesiones u oficios como basureros, faroleros, carteros entre otros, también iban por las casas solicitando el aguinaldo, lo cual existe por costumbre aun en nuestro días, como es el caso por ejemplo de los recolectores de basura, que reciben en el mes de diciembre la aportación o propina voluntaria que como aguinaldo reciben de manera voluntaria por parte de la población.


Ahora bien, referente al marco legal aplicable en nuestro país y en nuestros Estado, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores y empleados que laboren en México y perciben un salario, tendrán derecho al aguinaldo anual el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre con un equivalente a 15 días de salario como mínimo, y aplica tanto a los trabajadores que han laborado de manera completa a lo largo del año, como...

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