Asunto Nº 1330 del H. Congreso del Estado de Chihuahua, 24-04-2018

Fecha de publicación24 Abril 2018
Fecha24 Abril 2018
EstatusDictaminada
Autor de la iniciativaDip. Miguel Francisco La Torre Sáenz (PAN)
LegislaturaLXV / II Año / II PO


H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

P R E S E N T E.-



El suscrito, Miguel Francisco La Torre Sáenz, en mi carácter de Diputado a la Sexagésima Quinta Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57, 64 fracciones I y II, y 68 fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; así como 167 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la misma Entidad acudo ante este Alto Cuerpo Colegiado, para someter a consideración del Pleno la siguiente iniciativa con carácter de Decreto, a fin de expedir la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua. Lo anterior con base en la siguiente:



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


En el Estado de Chihuahua, preocupados por tener una cultura fiscal más eficiente y eficaz, es que se busca que las políticas fiscales se concentren en tener una recaudación de contribuciones responsable, que esté llena de compromiso, teniendo una visión de largo plazo, de tal forma y atendiendo al principio de legalidad tributaria, contenido en nuestra Carta Magna, en el artículo 31 fracción IV, en el que no solo se garantiza que la carga tributaria se encuentre previamente en una ley, sino que también ésta sea proporcional y equitativa para todas las personas gobernadas obligadas al pago de las contribuciones, ya sean federales, estatales o municipales.


Bajo esta perspectiva, y ante la demanda de la sociedad chihuahuense de contar con un marco jurídico hacendario moderno, que responda de una mejor manera a las necesidades y exigencias actuales, simplificando por un lado el cumplimiento tributario a través del aprovechamiento de los distintos recursos que la tecnología ofrece y, por el otro, que satisfaga las necesidades de información veraz y oportuna que el gobierno requiere, tanto para el adecuado seguimiento y control de las obligaciones fiscales de las y los contribuyentes como para el cumplimiento de las responsabilidades que la ley les asigna.


Derivado de lo anterior, es que quienes, en virtud de la voluntad popular ocupamos una diputación y conformamos este Poder Legislativo debemos destinar todos los esfuerzos necesarios para la modernización del marco jurídico fiscal, en el cual se propone contar con un nuevo Código Fiscal del Estado, en el cual se desenvuelvan las relaciones entre las personas contribuyentes y el Estado para así tener entonces una norma jurídica preponderantemente adjetiva Además, de una Ley de Hacienda del Estado, en la que se encuentren las disposiciones sustantivas que actualmente están reguladas en el Código Fiscal del Estado y que consisten en la obligación de los sujetos para contribuir al gasto público del Estado de Chihuahua y de la integración de la propia Hacienda Estatal.


La nueva Ley de Hacienda del Estado, contenida en el presente decreto, se sustenta en los principios constitucionales contemplados en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como lo son los de: legalidad, obligatoriedad, vinculación tributo-gasto público, proporcionalidad, equidad y residencia.


Esta nueva Ley, en plena concordancia con la actual Ley de Ingresos del Estado y con el Clasificador por Rubros de Ingresos (CRI), a fin de homologarse a las normas y reglas del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), se reestructura para quedar congruente a dichas disposiciones.


Además de homologar la estructura de la Ley con el CRI, se conservan todas las contribuciones existentes en el Código Fiscal del Estado, prevaleciendo los elementos de objeto, sujeto, base, tasas, cuotas o tarifas, pagos, causación y en su caso exenciones, obligaciones, responsables solidarios, etc.


Con el fin de la modernización y homologación de las disposiciones sustantivas de la Ley de Hacienda del Estado, se modifica la denominación de las recaudaciones de rentas, quedando como oficinas recaudadoras o algunos otros establecimientos autorizados por la Secretaría de Hacienda, como son algunos bancos que tengan convenio con el propio Gobierno del Estado. Así mismo, se establece para todas las contribuciones un plazo máximo de 15 días para su pago, ya que presentaban un cierto grado de dispersión que complicaba la administración de los mismos.


Se eliminan, de esta Ley, todos los impuestos cuya aplicación se encontraba pendiente en virtud de la adhesión al propio Sistema de Coordinación Fiscal y que, por lo tanto, la propia Ley de Ingresos ya no los establecía. De igual manera, también desaparece todo el articulado, capítulos y secciones que estaban derogados en el Código Fiscal del Estado vigente y en la Ley de Ingresos de la Entidad.


La estructura de la Ley, que en este acto propongo, se conforma por un Título Primero que se denomina “Disposiciones Generales”, el cual contiene un Capítulo Único.


Por su parte, el Título Segundo lleva por nombre “Impuestos” y se compone de un Capítulo Primero que versa sobre “Impuestos sobre los ingresos”, el que, a su vez, integra a la Sección Primera bajo el título “Impuestos sobre profesiones y ejercicios lucrativos” y a la Segunda, en relación a “Impuestos sobre loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos”. Por lo que hace al Capítulo Segundo, éste aborda lo referente a “Impuestos sobre el Patrimonio”, conteniendo una Sección Única en torno al “Impuesto cedular por la enajenación y arrendamiento de bienes inmuebles”. El Capítulo Tercero se hace llamar “Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones”, dentro del que existe una Sección Primera que acoge lo tocante al “Impuesto sobre hospedaje”, otra Segunda que incorpora al “Impuesto sobre actos jurídicos” y una Tercera que abarca al “Impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados”. El Capítulo Cuarto aparece con la denominación “Impuesto sobre Nóminas y asimilables”, el cual contiene una Sección Única que se refiere al “Impuesto sobre Nóminas”. Por último, dentro de este Título, el Capítulo Quinto se nombra “Otros impuestos”, al cual se le asigna una Sección Única relativa al “Impuesto Adicional Universitario”.


Ahora bien, al Título Tercero se le denomina “Contribuciones de mejoras”, el cual contiene un Capítulo Único que contempla lo que hace a la “Contribución de mejoras para obras públicas”.


El Título Cuarto tiene el nombre de “Derechos”, con un Capítulo Único relativo a las “Disposiciones Generales”.


En cuanto al Título Quinto, se tiene que incorpora todo lo referente a los “Productos”, encontrándose en él un Capítulo Único bajo la denominación “Disposiciones Generales”.


Por lo que hace al Título Sexto, éste regula el tema de los “Aprovechamientos”, dentro del cual aparece un Capítulo Único bajo la voz “Disposiciones Generales”.


El Título Séptimo, último de la Ley en comento, se refiere a las “Participaciones y aportaciones federales”, mismo que se integra de un Capítulo Único denominado “Disposiciones Generales”.


Por lo antes vertido,es que acudo a someter al escrutinio de este Alto Cuerpo Colegiado la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua,como un ordenamiento legal que permita potenciar el aumento de la recaudación a partir de un marco normativo moderno y de una mejora en la especificidad de los ingresos que conforman la Hacienda Pública Estatal.


En mérito de lo antes señalado, me permito presentar a la consideración de esta Soberanía, el siguiente proyecto con carácter de:



DECRETO


ARTÍCULO PRIMERO: Se expide la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua, para quedar redactada de la siguiente manera:


LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA


TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES


CAPÍTULO ÚNICO


Artículo 1.- La presente Ley es de observancia general, y sus disposiciones son de orden público y tiene por objeto la totalidad de sus ingresos que por cualquier concepto perciba la Hacienda Pública del Estado de Chihuahua en los términos de esta Ley, de la Ley de Ingresos del Estado o de cualquier otra normatividad vigente.


Artículo 2.- La aplicación de la presente Ley corresponderá al Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Hacienda.


Artículo 3.- La Hacienda Pública del Estado de Chihuahua, para hacer frente a sus egresos percibirá en cada ejercicio fiscal los impuestos, derechos, contribuciones por mejoras, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones, subsidios y demás ingresos que señalen las leyes respectivas.


Artículo 4.- Sólo mediante Ley podrá afectarse un ingreso a un fin específico.



TÍTULO SEGUNDO

IMPUESTOS


CAPÍTULO I

IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS


SECCIÓN I

IMPUESTO SOBRE PROFESIONES Y EJERCICIOS LUCRATIVOS


OBJETO

Artículo 5.- Son objeto de este impuesto los ingresos que en efectivo o en especie se perciban en el libre ejercicio de una profesión, arte, oficio, actividad técnica, deportiva o cultural, como agente de instituciones de crédito, seguros o fianzas, mediante la explotación de una patente aduanal o en cualquier otra forma análoga a las anteriores.


SUJETOS

Artículo 6.- Son sujetos de este impuesto las personas físicas o...

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