Asunto Nº 1219 del H. Congreso del Estado de Chihuahua, 09-10-2019

Fecha de publicación09 Octubre 2019
Fecha09 Octubre 2019
EstatusDictaminada
Autor de la iniciativaDip. Omar Bazán Flores (PRI)
LegislaturaLXVI / II Año / I PO









HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

P R E S E N T E.-


El suscrito Omar Bazán Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional Diputado de la Sexagésima Sexta Legislatura del Estado, con fundamento en lo que dispone la fracción I, del artículo 68 de la Constitución Política del Estado, así como los artículos 167, fracción I, y 169, todos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; numerales 75 y 76, ambos del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo; comparezco ante este Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, a presentar Iniciativa con carácter de Punto de Acuerdo a efecto de reformar el artículo 13 Bis, Fracción III, párrafo B articulo 180, Fracción XI del código Municipal del estado de chihuahua, a fin de que se integren a los servicios públicos el H. Cuerpo de Bomberos, lo anterior de conformidad a la siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El Heroico Cuerpo de Bomberos es una Institución de servicio a la ciudadanía, indispensable para la protección de la vida y coopera para el desarrollo de los Municipios, atendiendo principalmente acontecimientos tales como incendios o accidentes.


Por generaciones se ha reconocido la labor contra incendios, como el producto del arrojo de hombres que arriesgan su propia vida ante cualquier tipo de emergencia.

El espíritu del Bombero forjado en el heroísmo, las condecoraciones se cristalizaban en emblemas.



Un bombero es aquella persona que está capacitada conforme para la extinción de incendios y también para asistir a víctimas en cualquier otro tipo de desastre como los terremotos, las inundaciones, entre otros.


La existencia de los bomberos es una cuestión realmente importante en todas las comunidades del mundo dado que es muy habitual que por accidentes o por negligencia humana se produzcan incendios. Por caso, los estados deben promover esta actividad y asimismo brindarles las condiciones más idóneas posibles para que puedan desplegar esta labor tan importante y heroica de manera satisfactoria.


Los incendios son el fuego sin control con peligro de propagación relevante a personas o cosas, aunque no llegue a alcanzarlas, y con independencia de su tamaño.


Los incendios forestales son una de las principales causas de perdida de la cubierta vegetal en los ecosistemas forestales y como consecuencia la erosión y degradación de los suelos, así pues poniendo en riesgo la vida y el patrimonio. Históricamente, nuestro Estado se ha visto afectado por este tipo de siniestros.


Según un estudio realizado por el Sistema Estatal de Información Forestal las principales causas de los incendios siguen siendo las relacionadas con las actividades agropecuarias, roza, tumba y quema para la preparación de los cultivos, con un porcentaje que fluctúa entre el 25 y 60%.


En el año 2018 en el Estado de Chihuahua hubo 779 incendios forestales. Perdiéndose 160,927.13 Ha.

Hay que entender que al suceder un incendio se pone en riesgo la vida el bien jurídico tutelado de mayor valor, sin dejar fuera la pérdida del patrimonio.

Es por ello que, atendiendo la necesidad de salvaguardar la vida y el patrimonio, es de interés general implementar medidas, que permitan la reacción oportuna de los cuerpos de bomberos.


Según la (NFPA) National Fire Protection Association, se debe de contar con un bombero por cada 1000 habitantes, además de esto se toma en cuenta el rango de alcance que tiene para transportarse al lugar del siniestro, la norma indica que debe de ser en un radio de 2 km, el tiempo de respuesta debe de ser de 7 minutos, otras consideraciones para determinar el número de bomberos es si la región donde se encuentra, se considera zona de riesgo.


Los municipios que integran el estado, a su vez están integrados por secciones municipales, muchas de ellas con una población superior a los 2,000 habitantes y no cuentan con un cuerpo de bomberos, tal es el caso de La Junta, Guerrero.


Es por eso que atendiendo a las indicaciones emitidas por la NFPA, se debe contar con un cuerpo de bomberos básico en las secciones municipales que cuenten con más de 2,000 habitantes.


Para tal efecto se entenderá las municipalidades, secciones municipales y comisarías de policía, comprenderán las haciendas, rancherías, ejidos, congregaciones y demás centros de población que se encuentren enclavados dentro de sus respectivos límites, sancionados por la tradición y la costumbre.


Según el INEGI para 2010, nuestro Estado contaba con 3 406 465 habitantes, de los cuales 104,014 son personas que hablaban lengua indígena, la...

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