Extracto del Título de Concesión para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas a los satélites extranjeros WildBlue-1 y Anik F2, en la posición orbital 111.1° Oeste, que cubren y pueden prestar servicios en el territorio nacional, otorgado en favor de Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, S.A. de C.V.

Fecha de disposición27 Agosto 2012
Fecha de publicación27 Agosto 2012
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION

EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION PARA EXPLOTAR LOS DERECHOS DE EMISION Y RECEPCION DE SEÑALES DE BANDAS DE FRECUENCIAS ASOCIADAS A LOS SATELITES EXTRANJEROS WILDBLUE-1 Y ANIK F2, EN LA POSICION ORBITAL 111.1° OESTE, QUE CUBREN Y PUEDEN PRESTAR SERVICIOS EN EL TERRITORIO NACIONAL, OTORGADA A FAVOR DE GRUPO DE TELECOMUNICACIONES MEXICANAS, S.A. DE C.V., EL 6 DE JULIO DE 2012.

Concesión para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas a los satélites extranjeros WILDBLUE-1 y ANIK F2, en la posición orbital 111.1° Oeste, que cubren y pueden prestar servicios en el territorio nacional, que otorga el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en lo sucesivo la Secretaría, en favor de Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, S.A. de C.V., en lo sucesivo el Concesionario al tenor de los siguientes antecedentes y condiciones.

1.2. Objeto de la Concesión. El presente Título otorga una concesión para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas al Sistema Satelital Extranjero a que se refiere el Anexo de la Concesión, en los términos y condiciones ahí indicados.

1.3. Servicios. El Concesionario se obliga a explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas al Sistema Satelital Extranjero que se indica en el Anexo de la Concesión, y a prestar los servicios móviles por satélite que debe prestar al usuario final de conformidad con el título de concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones y su respectivo anexo, otorgado en este mismo acto administrativo por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría, a favor del Concesionario.

El Concesionario acepta que las bandas de frecuencias y/o frecuencias asociadas al Sistema Satelital Extranjero, serán las coordinadas y determinadas por la Secretaría, en los rangos de 29.50 30.00 y 19.70 20.20 GHz y 28.10 28.60 y 18.30 18.80 GHz., de conformidad con lo establecido en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, el Tratado y el Protocolo.

1.4. Vigencia. La vigencia de esta Concesión será de 20 (veinte) años, contados a partir de la fecha de otorgamiento de la...

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