Sociedades y asociaciones civiles comprendidas en el titulo III de la LISR

AutorPerez Chavez - Campero - Fol
Páginas294-297

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1. Personas morales no obligadas al pago del impuesto

Según el artículo 2o. de la LIDE, no estarán obligadas al pago del impuesto:

  1. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las entidades de la administración pública paraestatal que, conforme al Título III de la LISR o la LIF09, estén considerados como no contribuyentes del ISR.

  2. Las personas morales con fines no lucrativos conforme al Título III de la LISR, a saber:

•Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.

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•Asociaciones patronales.

•Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como los organismos que las reúnan.

•Colegios de profesionales y los organismos que los agrupen.

•Asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público que administren en forma descentralizada los distritos o unidades de riego, previa la concesión y permiso respectivo.

•Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de la LISR y, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las actividades siguientes:

- La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda.

- La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados.

- La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.

- La rehabilitación de alcohólicos y fármaco dependientes.

- La ayuda para servicios funerarios.

- Orientación social, educación o capacitación para el trabajo.

- La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad.

- Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos.

•Sociedades cooperativas de consumo.

•Organismos que conforme a la ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores.

•Sociedades mutualistas...

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