Acuerdo del Director General mediante el cual confiere al Director de Asuntos Administrativos, la facultad de llevar a cabo los procedimientos de enajenación de bienes asegurados, decomisados y abandonados

Fecha de disposición15 Marzo 2002
Fecha de publicación15 Marzo 2002
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO del Director General mediante el cual confiere al Director de Asuntos Administrativos, la facultad de llevar a cabo los procedimientos de enajenación de bienes asegurados, decomisados y abandonados.

Al margen un logotipo, que dice: Servicio de Administración de Bienes Asegurados.- Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General.

ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL MEDIANTE EL CUAL CONFIERE AL DIRECTOR DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS, LA FACULTAD DE LLEVAR A CABO LOS PROCEDIMIENTOS DE ENAJENACION DE BIENES ASEGURADOS, DECOMISADOS Y ABANDONADOS.

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados (en lo sucesivo la Ley ) es el ordenamiento legal que regula la administración y destino, de los bienes asegurados, decomisados y abandonados, en los procedimientos penales federales;

Que la Ley es un ordenamiento jurídico necesario para disciplinar, transparentar y eficientar la administración y el destino de los bienes asegurados, decomisados y abandonados en los procedimientos penales del orden federal; con ello dotar de recursos a las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia, para mejorar la eficiencia en la lucha contra la delincuencia organizada.

Que en congruencia con las disposiciones legales aplicables y el Reglamento Interior del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, se establece que es facultad del Director General del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, conferir aquellas facultades delegables a los servidores públicos adscritos al Servicio de Administración de Bienes Asegurados.

Que existen diversos bienes asegurados fungibles que por su incosteabilidad y alto costo de administración causan diversos gastos al Erario Público Federal.

Que con fundamento en los artículos 27, 48 y 57 de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, 9o. fracciones X, XIV y XVII y 10 del Reglamento Interior del Servicio de...

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