Decreto No. 217 Se Reforma el Artículo 5 de La Ley de Ingresos del Municipio de Villa de álvarez, para El Ejercicio Fiscal 2010
Fecha de disposición | 13 Noviembre 2010 |
Fecha de publicación | 13 Noviembre 2010 |
Sección | Anexos |
Número de Gaceta | 46 |
DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVODECRETO No. 217
SE REFORMA EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010.
LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN EL ARTÍCULO 39, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-
Con oficio OF.SE.766/2010, del 18 de octubre de 2010, el C. Enrique Monroy Sánchez, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Villa de Álvarez, informa a esta Soberanía local, que el 24 de septiembre de 2010, los integrantes del H. Cabildo aprobaron por unanimidad la contratación de un crédito simple hasta por la cantidad de $15'000,000.00 (Quince Millones de Pesos 00/100 M.N.), más los gastos, impuestos, comisiones, intereses y demás accesorios financieros que se generen por la contratación del crédito. Así
como afectar las participaciones presentes y futuras le correspondan por cualquier concepto al municipio en garantía y/o fuente de pago.
SEGUNDO.-
Mediante oficio número 1302/010 del 22 de octubre de 2010, los Diputados Secretarios del H. Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, la solicitud para que se autorice al H. Ayuntamiento del Municipio de Villa de Álvarez, Colima, afectar las participaciones presentes y futuras le correspondan por cualquier concepto al municipio en garantía y/o fuente de pago del crédito que se contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C.
TERCERO.-
La iniciativa presentada al H. Cabildo municipal y la cual se remitió a esta Soberanía para motivar la solicitud en estudio, señala entre otras cosas: "Es de Aprobarse y se aprueba la contratación con el Banco Nacional de Obras y Servidos Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, un crédito simple hasta por la cantidad de $15'000,000.00 (Quince Millones de Pesos 00/100 M.N.), más los gastos, impuestos, comisiones, intereses y demás accesorios financieros que se generen con la formalización del crédito autorizado en los términos de los considerandos, primero y segundo de éste., Se autoriza para que del crédito de referencia se lleve a cabo la disposición de un plazo de hasta por la cantidad de $10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE PESOS...
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