Adición a los Artículos 107 y 108 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Entidad

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7 de mayo de 2014
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IV.-
Que en la Cuarta Sala Regional del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, se ha observado un rezago
importante en la emisión de las resoluciones por lo cual es necesario brindar el apoyo correspondiente para abatirlo, motivo por el cual el
Pleno de la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, con fundamento en el artículo 206 del Código
de Procedimientos Administrativos del Estado de México, atendiendo la necesidad de la población de justicia pronta y expedita, considera
que es necesario adscribir una Magistratura Supernumeraria a la Cuarta Sala Regional, con sede en Ecatepec de Morelos, Estado de
México.
V.-
Que en términos del artículo 218 fracciones III y IV del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, corresponde al
Pleno de la Sala Superior. del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México. dictar las medidas necesarias para el
despacho pronto y expedito de los asuntos de la competencia del Tribunal; así como fijar y cambiar de adscripción a los Magistrados del
Tribunal.
Por lo que en mérito de lo expuesto y fundado, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de
México, ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DEL PLENO DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE
MÉXICO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ADSCRIPCIÓN DE LA MAGISTRATURA SUPERNUMERARIA A CARGO DEL
LICENCIADO EN DERECHO EDUARDO RAFAEL VELASCO RAMÍREZ, ACTUALMENTE ADSCRITO A LA TERCERA SELA
REGIONAL, CON SEDE EN TLALNEPANTLA DE BAZ. ESTADO DE MÉXICO, ADCRIBIÉNDOSE A LA CUARTA SALA REGIONAL,
CON SEDE EN ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO.
PRIMERO.- Se adscribe la Magistratura Supernumeraria a cargo del Licenciado en Derecho Eduardo Rafael Velasco Ramírez, a la Cuarta
Sala Regional, con sede en Ecatepec de Morelos, Estado de México. para conocer y resolver de los juicios contencioso administrativos pus
se promuevan, cuando el domicilio del actor se ubique en los municipios que señala el articulo 29 de; Reglamento Interior del Tribunal.
SEGUNDO.- Para el desempeño de sus atribuciones el magistrado contará con el personal jurídico y administrativo asignado a la
Magistratura Supernumeraria.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y
Soberano de México
"Gaceta del Gobierno",
ordenándose además su publicación en el órgano de difusión interno del propio Tribunal y en
los estrados de las secciones de la Sala Superior, salas regionales y supernumerarias.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Comuníquese el presente acuerdo a las secciones de M Sala Superior, salas regionales, supernumerarias y
unidades administrativas del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, para los efectos legales procedentes.
ARTÍCULO TERCERO.- Se deja sin efectos el acuerdo de adscripción de la Magistratura Supernumeraria, a la Tercera Sala Regional con
sede en el municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, aprobado por el Pleno de la Sala Superior, en su sesión extraordinaria
número 03. celebrada en Toluca de Lerdo, Estado de México, el día ocho de marzo del año dos mil trece, publicado en la sección séptima
del Periódico Oficial del Gobierno Libre y Soberano de México
"Gaceta del Gobierno",
número 48, el día once de marzo de dos mil trece.
Dado en la Sala
"Presidented'
del Pleno de la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, Toluca de
Lerdo, México, el dia veinticinco de abril del año dos mil catorce.
EL MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
LIC. MIGUEL ANGEL TERRÓN MENDOZA
(RÚBRICA).
LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO
DE LA SALA SUPERIOR
LIC. DIANA LUZ ORIHUELA MARÍN
(RÚBRICA).
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SSiD ESTADO DE MÉXICO
ESTADO OEMEXICO
ADICIÓN AL REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS: 87 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO; 41 Y 44 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 201, 202,
203, 216. 218 FRACCIONES III Y IX DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; 8 Y 22 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL PROPIO TRIBUNAL, EL PLENO DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR ADICIÓN A LOS ARTÍCULOS 107 Y 108 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA ENTIDAD, DE LA SIGUIENTE MANERA:

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