Decreto No. 216 Se Reforma el Artículo Tercero Transitorio, de La Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para El Pago de Derechos por Los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tecomán, Colima
DECRETO No. 216
SE REFORMA EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO, DE LA LEY QUE ESTABLECE LAS CUOTAS Y TARIFAS PARA EL PAGO DE DERECHOS POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEA-MIENTO DEL MUNICIPIO DE TECOMÁN, COLIMA.
LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTICULOS 33 FRACCION II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YEXPOSICIÓN DE MOTIVOSMediante Decreto 320, este H. Congreso del Estado aprobó la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tecomán, Colima, con la finalidad de establecer los derechos que están obligados a pagar los tecomenses, por los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento, entre otros.
Es importante señalar que los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, son unos de los principales derechos con los que debe de contar todo ser humano, ya que son elementos indispensables para la vida. Por tal motivo, el Estado está obligado a proporcionar dichos servicios a la sociedad, pero además, al encontrarse estos, catalogados como un derecho, también constituyen una contribución a la que todos los ciudadanos estamos obligados a cumplir.
De esta manera, con las contribuciones de los usuarios, respecto de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, se logran recaudar los recursos necesarios que permiten mantener y brindar un servicio de calidad a los habitantes del Municipio de Tecomán.
Por otra parte, se ha observado que en muchas ocasiones los usuarios se han visto impedidos, por distintas razones económicas y sociales, a realizar el pago oportuno de los derechos, lo que trae como consecuencia, que la contribución aumente, debido a que se generan accesorios de la misma, como son las multas y los recargos, haciendo imposible alcanzar las metas propuestas por la administración que corresponda.
Cabe destacar que a lo largo del ejercicio fiscal 2013, se han otorgado estímulos fiscales tendientes a facilitar el pago de los servicios de agua potable...
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