Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal, con el propósito de que se dispongan sanciones contra quienes capturen, acopien y comercialicen camarón de manera ilegal., de 11 de Diciembre de 2013

Que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Alfonso Inzunza Montoya y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Alfonso Inzunza Montoya, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una disposición a la fracción II Bis del artículo 420 del Código Penal Federal, con el propósito de que se dispongan sanciones contra quienes capturen, acopien y comercialización camarón de manera ilegal, bajo la siguiente: Exposición de Motivos

Gracias al valor económico que representa en su conjunto, la pesquería de camarón sigue siendo hoy día la de mayor importancia para el sector pesquero organizado del país, en sus vertientes social y privado, debido además a los rendimientos que arroja la captura directa y el cultivo de este recurso.

Esta pesquería da ocupación directa a un aproximado de 191 mil personas, que se emplean exclusivamente en la captura y cultivo de camarón, tanto en altamar como en cuerpos de agua internos, generando de manera indirecta otras 573 mil fuentes de trabajo.

Se trata de una pesquería que a lo largo del siglo pasado y durante la primera década del presente, ha mantenido un crecimiento sostenido, no obstante diversas problemáticas, determinadas en parte por el crecimiento demográfico en las regiones de captura.

Lo anterior, ha derivado en un sobreesfuerzo pesquero, a cuya causa abonan además los constantes asaltos a barcos camaroneros por parte de comandos de piratas, así como a tractocamiones, incluidas plantas congeladoras.

Esta irregular situación, es otro de los factores que incide y frena la efectividad de resultados esperados, a partir de la aplicación de los programas de ordenamiento pesquero.

El fenómeno en referencia, documentado con amplitud, contribuye a la denominada pesca ilegal no declarada, caracterizada además por la utilización de formas y utensilios prohibidos, capturas fuera de temporada y hasta sobrepase de los límites y cuotas permitidas.

Todo ello, hay que decirlo en sus términos, se convierte...

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