Arrendamiento de Inmuebles Personas Físicas

Páginas5-24
Arrendamiento฀de฀Inmuebles฀Personas฀Físicas
5
Tips Fiscales
ANALIZANDO฀LAS฀DISPOSICIONES฀FISCALES
Arrendamiento฀de฀Inmuebles฀
Personas฀Físicas
En฀ esta฀ ocasión,฀ abordaremos฀ el฀ tratamiento฀ f‌iscal฀ de฀
las฀personas฀físicas฀ que฀obtienen฀ingresos฀ por฀el฀otorga-
miento฀o฀uso฀o฀goce฀temporal฀de฀bienes฀inmuebles,฀entre฀
los฀que฀ se฀encuentra฀el฀ arrendamiento.฀Sin฀duda฀ alguna฀
existen฀numerosos฀contribuyentes฀que฀ se฀dedican฀a฀esta฀
actividad,฀por฀lo฀que฀consideramos฀conveniente฀revisar฀los฀
aspectos฀que฀no฀deben฀dejar฀de฀pasar฀por฀alto,฀dadas฀las฀
reformas฀f‌iscales฀que฀entraron฀en฀vigor฀ a฀partir฀del฀ejerci-
cio฀2008.฀฀
Impuesto฀sobre฀la฀Renta
Ingresos
Ingresos฀gravados
De฀acuerdo฀con฀el฀ART-141฀LISR฀se฀consideran฀ingresos฀
por฀otorgar฀ el฀uso฀o฀ goce฀temporal฀de฀ bienes฀inmuebles,฀
los฀provenientes฀de:
a)฀ El฀arrendamiento.฀Hay฀arrendamiento฀cuando฀las฀dos฀
partes฀ contratantes฀ se฀ obligan฀ recíprocamente,฀ una฀
(arrendador),฀ a฀ conceder฀ el฀ uso฀ o฀ goce฀ temporal฀ de฀
una฀cosa,฀y฀la฀otra฀(arrendatario),฀a฀pagar฀por฀ese฀uso฀
o฀goce฀ un฀precio฀ cierto,฀de฀ acuerdo฀con฀ el฀ART-2398฀
del฀Código฀Civil฀Federal฀(CCF).฀
b)฀ El฀subarrendamiento.฀De฀acuerdo฀con฀la฀def‌inición฀de฀
la฀Real฀Academia฀Española,฀es฀el฀contrato฀por฀ el฀cual฀
se฀subarrienda฀algo,฀es฀decir,฀dar฀o฀tomar฀ en฀arrenda-
miento฀algo,฀no฀ de฀su฀ dueño฀ ni฀ de฀su฀ administrador,฀
sino฀de฀otro฀arrendatario฀de฀ello.฀
c)฀ En฀general฀por฀otorgar฀a฀ título฀oneroso฀el฀ uso฀o฀ goce฀
temporal฀ de฀ bienes฀ inmuebles,฀en฀ cualquier฀ otra฀ for-
ma.
d)฀ Usufructo.฀El฀ART-141฀LISR฀señala฀que฀en฀general฀se฀
considerarán฀los฀ingresos฀que฀se฀obtengan฀por฀otorgar฀
a฀título฀ oneroso฀el฀ uso฀o฀goce฀ temporal฀de฀ bienes฀in-
muebles,฀en฀cualquier฀otra฀forma.฀Por฀lo฀anterior,฀los฀in-
gresos฀obtenidos฀mediante฀el฀usufructo฀cabe฀ en฀dicha฀
def‌inición฀de฀ingresos฀gravados.
฀ El฀usufructo฀es฀el฀derecho฀real฀y฀temporal฀ de฀disfrutar฀
de฀los฀bienes฀ajenos.฀Puede฀constituirse฀por฀la฀ley,฀por฀
la฀voluntad฀del฀hombre฀o฀por฀prescripción฀(ARTS-980-
981฀CCF).
e)฀ Los฀rendimientos฀ de฀certif‌icados฀ de฀participación฀
inmobiliaria฀ no฀ amortizables.฀ De฀ acuerdo฀ con฀ el฀
ART-228-a฀de฀la฀Ley฀General฀de฀Títulos฀y฀Operaciones฀
de฀ Crédito฀ (LGTOC)฀los฀ cer tif‌icados฀ de฀ participación฀
son฀títulos฀de฀crédito฀que฀representan฀el฀derecho฀a฀una฀
parte฀alícuota฀(proporcional)฀de:
•฀ Los฀frutos฀o฀ rendimientos฀ de฀ los฀valores,฀ dere-
chos฀o฀ bienes฀ de฀cualquier฀ clase฀que฀ tenga฀ en฀
fideicomiso฀irrevocable฀para฀ese฀propósito฀la฀so-
ciedad฀fiduciaria฀que฀los฀emita.
•฀ El฀ derecho฀ de฀ propiedad฀ o฀ de฀ la฀ titularidad฀ de฀
esos฀bienes,฀derechos฀o฀valores.
•฀ El฀producto฀ neto฀ que฀resulte฀ de฀ la฀venta฀ de฀di-
chos฀bienes,฀derechos฀o฀valores.฀
Los฀ certif‌icados฀ de฀ participación฀ serán฀ designados฀
como฀ordinarios฀o฀ inmobiliarios,฀según฀que฀los฀ bienes฀
f‌ideicometidos,฀materia฀de฀la฀emisión,฀sean฀muebles฀o฀
inmuebles฀(ART-228-d฀LGTOC).
฀ Los฀certif‌icados฀podrán฀ o฀ no฀ ser฀amor tizados.฀La฀ di-
ferencia฀consiste฀en฀ que฀los฀certif‌icados฀amortizables฀
dan฀a฀sus฀tenedores,฀además฀del฀derecho฀a฀una฀parte฀
alícuota฀฀ de฀ los฀frutos฀ o฀ rendimientos฀correspondien-
tes,฀el฀ del฀reembolso฀del฀ valor฀nominal฀ de฀los฀ títulos.฀
En฀tanto฀que฀los฀certif‌icados฀de฀participación฀no฀amor-
tizables,฀la฀sociedad฀emisora฀no฀está฀obligada฀a฀hacer฀
pago฀del฀valor฀nominal฀de฀ellos฀a฀sus฀tenedores฀en฀nin-
gún฀tiempo฀(ARTS-228-i฀a฀228-k฀LGTOC).
฀ Los฀ ingresos฀ provenientes฀de฀ los฀ conceptos฀ señalados฀
anteriormente฀se฀encuentran฀gravados,฀cuando฀los฀ingre-
sos฀sean฀ efectivamente฀recibidos,฀para฀ efectos฀de฀la฀de-
terminación฀del฀ISR.
¿Se฀deben฀gravar฀los฀depósitos฀en฀garantía?
El฀ART-18-A฀RISR฀establece฀que฀no฀se฀consideran฀ingre-
sos฀acumulables฀los฀depósitos฀recibidos฀por฀el฀arrendador,฀
cuando฀éstos฀tengan฀como฀f‌inalidad฀exclusiva฀garantizar฀el฀
cumplimiento฀de฀las฀obligaciones฀pactadas฀en฀el฀contrato฀
de฀arrendamiento฀y฀sean฀devueltos฀al฀f‌inalizar฀el฀contrato.
No฀obstante฀lo฀ anterior,฀cuando฀dichos฀depósitos฀se฀apli-
quen฀al฀cumplimiento฀de฀cualquier฀obligación฀derivada฀del฀
contrato฀de฀arrendamiento,฀el฀monto฀aplicado฀se฀considera฀
ingreso฀acumulable฀para฀el฀arrendador฀en฀el฀ mes฀en฀que฀
se฀apliquen.
Ingresos฀exentos
Los฀provenientes฀de฀contratos฀de฀arrendamiento฀prorroga-
dos฀por฀disposición฀de฀Ley฀(rentas฀congeladas),฀de฀acuer-
do฀a฀la฀F-XIV-ART-109฀LISR.
Cabe฀señalar฀que฀los฀ ingresos฀en฀crédito฀se฀declararán฀ y฀
se฀calculará฀ el฀ ISR฀correspondiente฀ hasta฀el฀ año฀ de฀ca-
lendario฀en฀ que฀sean฀cobrados,฀ es฀decir,฀para฀ la฀acumu-
lación฀de฀ los฀ingresos฀ se฀considerarán฀ los฀efectivamente฀
pagados.
Arrendamiento฀de฀Inmuebles฀Personas฀Físicas
6
Tips Fiscales
ANALIZANDO฀LAS฀DISPOSICIONES฀FISCALES
Deducciones
El฀ART-142฀LISR฀ establece฀las฀ deducciones฀que฀ podrán฀
efectuar฀las฀personas฀que฀obtienen฀ingresos฀por฀arrenda-
miento.฀Asimismo,฀el฀ART-173฀LISR,฀al฀establecer฀los฀con-
ceptos฀no฀deducibles฀reconoce฀algunas฀deducciones.฀Por฀
lo฀tanto,฀de฀acuerdo฀a฀dichos฀artículos฀las฀deducciones฀se฀
muestran฀a฀continuación:
El฀impuesto฀predial฀correspondiente฀al฀año฀de฀calenda-
rio฀sobre฀los฀inmuebles
Contribuciones฀locales฀de฀mejoras,฀de฀ planif‌icación฀o฀
de฀cooperación฀ para฀obras฀públicas฀que฀afecten฀a฀ di-
chos฀inmuebles
El฀impuesto฀local฀pagado฀sobre฀los฀ingresos฀por฀otorgar฀
el฀arrendamiento฀de฀bienes฀inmuebles฀(en฀su฀caso).
Gastos฀de฀mantenimiento฀(que฀no฀impliquen฀adicio-
nes฀o฀mejoras฀al฀bien฀de฀que฀se฀trate)฀
Consumo฀de฀agua฀
Intereses฀reales฀ ฀pagados฀ por฀préstamos฀ utilizados฀
para฀la฀compra,฀ construcción฀o฀mejoras฀de฀ los฀bienes฀
inmuebles.฀
Los฀salarios,฀comisiones฀y฀honorarios฀pagados.
Impuestos,฀cuotas฀ o฀contribuciones฀que฀ corresponda฀
cubrir฀los฀salarios,฀efectivamente฀pagados.
Primas฀de฀ seguros฀que฀ amparen฀los฀ bienes฀respecti-
vos.
Las฀inversiones฀en฀construcciones,฀ incluyendo฀adicio-
nes฀y฀mejoras.
Cuota฀obrera฀del฀IMSS฀pagada฀por฀el฀patrón.
Recargos฀pagados฀ efectivamente,฀inclusive฀ mediante฀
compensación.
Las฀indemnizaciones฀por฀ daños฀y฀ perjuicios฀y฀ las฀pe-
nas฀convencionales,฀cuando฀la฀Ley฀imponga฀la฀obliga-
ción฀de฀pagarlas฀por฀provenir฀de฀riesgos฀creados,฀res-
ponsabilidad฀objetiva,฀caso฀fortuito,฀fuerza฀mayor฀o฀por฀
actos฀de฀terceros.
IVA฀e฀IEPS฀cuando฀no฀haya฀derecho฀al฀acreditamiento฀
de฀erogaciones฀deducibles.
Limitante฀ en฀ la฀ deducción฀ de฀ salarios,฀comisiones฀ y฀
honorarios฀pagados
Aunque฀se฀permite฀la฀deducción฀de฀los฀salarios,฀comisio-
nes฀ y฀ honorarios฀ pagados,฀ dichos฀ conceptos฀ tienen฀ un฀
límite฀máximo฀ de฀deducción,฀equivalente฀ al฀10%฀ ฀de฀ los฀
ingresos฀anuales฀ obtenidos฀ por฀ conceder฀el฀ uso฀ o฀goce฀
temporal฀de฀bienes฀inmuebles.฀La฀diferencia฀se฀considera฀
no฀deducible,฀de฀acuerdo฀a฀la฀F-VI-ART-173฀LISR.
Ejemplo:
Arrendamiento฀no฀otorgado฀durante฀todo฀el฀ejercicio
Cabe฀señalar฀que฀cuando฀el฀arrendamiento฀no฀se฀hubiese฀
otorgado฀por฀todo฀ el฀ejercicio,฀las฀deducciones฀ se฀aplica-
rán฀ únicamente฀ cuando฀ correspondan฀ al฀ periodo฀ por฀ el฀
cual฀se฀otorgó฀el฀uso฀o฀goce฀temporal฀del฀bien฀inmueble฀o฀
a฀los฀tres฀ meses฀inmediatos฀anteriores฀al฀ que฀se฀otorgue฀
dicho฀uso฀o฀goce.฀Se฀exceptúa฀de฀ lo฀anterior฀ a฀las฀inver-
siones฀en฀construcciones,฀incluyendo฀adiciones฀y฀mejoras฀
(UMO-PFO-ART-142฀LISR).
Opción฀deducción฀ciega
Para฀la฀determinación฀del฀ISR฀existe฀la฀posibilidad฀de฀efec-
tuar฀la฀ deducción฀“ciega”,฀ es฀ decir,฀en฀ lugar฀de฀ conside-
rar฀las฀deducciones฀ señaladas฀anteriormente,฀la฀ LISR฀da฀
la฀ opción฀ de฀ que฀ el฀ contribuyente฀deduzca,฀ además฀ del฀
impuesto฀ predial,฀ un฀ 35%฀ respecto฀ de฀ los฀ ingresos฀ por฀
arrendamiento.฀฀A฀continuación฀se฀muestra฀un฀ejemplo฀de฀
la฀determinación฀de฀ las฀deducciones฀considerando฀la฀ de-
ducción฀ciega:
Esta฀opción฀deberá฀ser฀analizada฀antes฀de฀que฀se฀decida฀
ejercerla,฀ya฀ que฀una฀ buena฀o฀mala฀decisión฀al฀respecto฀
provoca฀una฀mayor฀o฀ menor฀carga฀f‌iscal.฀Se฀puede฀decir฀
que฀es฀conveniente฀cuando฀las฀deducciones฀que฀efectiva-
mente฀puede฀comprobar฀la฀empresa฀son฀menores฀al฀35%฀
sobre฀los฀ingresos฀por฀arrendamiento฀ y฀el฀comportamien-
to฀de฀ dichas฀deducciones฀permanece฀constante฀(PFO-2-
ART-142฀LISR).
Es฀impor tante฀señalar฀ que฀los฀contribuyentes฀ que฀opten฀
por฀efectuar฀la฀deducción฀opcional฀en฀comento,฀lo฀deberán฀
hacer฀por฀todos฀los฀inmuebles฀por฀los฀que฀otorguen฀el฀uso฀
o฀goce฀ temporal,฀incluso฀ por฀aquéllos฀ en฀los฀que฀tengan฀
el฀carácter฀de฀copropietarios,฀a฀más฀tardar฀en฀la฀fecha฀en฀
la฀que฀se฀presente฀la฀primera฀declaración฀provisional฀que฀
corresponda฀al฀año฀de฀calendario฀de฀que฀se฀trate.฀Una฀vez฀
ejercida฀no฀ podrá฀variarse฀en฀ los฀pagos฀provisionales฀de฀
dicho฀año,฀ pudiendo฀cambiarse฀ la฀opción฀ al฀presentar฀ la฀
declaración฀anual฀del฀ejercicio฀al฀que฀correspondan฀(ART-
183-RISR).
s
Determinación de la cantidad máxima a deducir
In
g
resos anuales
p
or arrendamiento de inmueble 725,714.0
0
(
X
)
Porcenta
j
e máximo de deducción 10.00%
(
=
)
Cantidad máxima a deduci
r
72,571.4
0
Supuesto 1. Gastos mayores al límite
Sueldos 53,328.0
0
(
+
)
Comisiones 12,500.0
0
(
+
)
Honorarios 14,960.0
0
(
=
)
Gastos realizados en un año de calendari
o
80,788.0
0
Cantidad máxima a deduci
r
72,571.4
0
Cantidad no deducibl
e
8,216.6
0
Supuesto 2. Gastos menores al límite
Sueldos 48,754.0
0
(
+
)
Comisiones 9,500.00
(
+
)
Honorarios 7,824.00
(
=
)
Gastos realizados en un año de calendari
o
66,078.0
0
Cantidad máxima a deduci
r
66,078.0
0
Deducción opcional
In
g
resos efectivamente recibidos en el
p
eriod
o
126,555.0
0
(
X
)
Porcenta
j
e a
p
licable a los in
g
resos 35.00%
=
Deducción o
p
cional 44,294.25
+
Im
p
uesto
p
redial 4,756.00
(=) Deduccione
s
autorizadas considerand
o
la
deducción "ciega" 49,050.25
Datos:
A Total de metros cuadrados del inmuebl
e
300
B Metros cuadrados ocu
p
ados
p
or el arrendado
r
200
CProporción no deducible ((
A
÷B) X 100) 66.67%
D Pro
p
orción deducible
(
100-C
)
33.33%
Determinación del importe deducible
Gastos diversos
(
Mantenimiento, a
g
ua, etc.
)
184,725.3
6
(
+
)
Im
p
uesto
p
redial 5,485.34
(
+
)
Derechos de coo
p
eración de obras
p
ublica
s
822.80
(
=
)
Total de
g
astos 191,033.5
0
(
X
)
Pro
p
orción deducible
(
100-C
)
33.33%
(=) Importe deducibl
e
63,677.83
Determinación del IVA
Ingresos po
r
otorga
r
el uso o goce temporal de
bienes 100,000.00
(
X
)
Tasa 15.00%
(=) IVA Trasladado 15,000.00
(
-
)
IVA Acreditable 5,000.00
(-) Retención del IVA efectuada po
r
personas
morales 6,000.00
(
=
)
IVA a cargo (favor) 4,000.0
0
La tasa general es del 15%; sin embargo cuando el
otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles se
realice por residentes en regón fronteriza se aplicará la tasa del
10%.
El contribuyente trasladará el IVA en forma expresa y po
r
separado, a las personas que usen o gocen temporalmente los
bienes inmuebles. Se entenderá por traslado del IVA el cobro o
cargo que el contribuyente debe hacer a dichas personas de un
monto equivalente al IVA establecido en la LIVA, inclusive cuando
se retenga.
La retención se hará por las dos terceras partes del IVA que se
les traslade. En el ejemplo se obtuvierón ingresos por
arrendamiento de personas morales por $60,000.00.
s
Determinación de la cantidad máxima a deducir
In
g
resos anuales
p
or arrendamiento de inmueble 725,714.0
0
(
X
)
Porcenta
j
e máximo de deducción 10.00%
(
=
)
Cantidad máxima a deduci
r
72,571.4
0
Supuesto 1. Gastos mayores al límite
Sueldos 53,328.0
0
(
+
)
Comisiones 12,500.0
0
(
+
)
Honorarios 14,960.0
0
(
=
)
Gastos realizados en un año de calendari
o
80,788.0
0
Cantidad máxima a deduci
r
72,571.4
0
Cantidad no deducibl
e
8,216.6
0
Supuesto 2. Gastos menores al límite
Sueldos 48,754.0
0
(
+
)
Comisiones 9,500.00
(
+
)
Honorarios 7,824.00
(
=
)
Gastos realizados en un año de calendari
o
66,078.0
0
Cantidad máxima a deduci
r
66,078.0
0
Deducción opcional
In
g
resos efectivamente recibidos en el
p
eriod
o
126,555.0
0
(
X
)
Porcenta
j
e a
p
licable a los in
g
resos 35.00%
(
=
)
Deducción o
p
cional 44,294.25
(
+
)
Im
p
uesto
p
redial 4,756.00
(=) Deduccione
s
autorizadas considerand
o
la
deducción "ciega" 49,050.25
Datos:
A Total de metros cuadrados del inmuebl
e
300
B Metros cuadrados ocu
p
ados
p
or el arrendado
r
200
CProporción no deducible ((
A
÷B) X 100) 66.67%
D Pro
p
orción deducible
(
100-C
)
33.33%
Determinación del importe deducible
Gastos diversos
(
Mantenimiento, a
g
ua, etc.
)
184,725.3
6
(
+
)
Im
p
uesto
p
redial 5,485.34
(
+
)
Derechos de coo
p
eración de obras
p
ublica
s
822.80
(
=
)
Total de
g
astos 191,033.5
0
(
X
)
Pro
p
orción deducible
(
100-C
)
33.33%
(=) Importe deducibl
e
63,677.83
Determinación del IVA
Ingresos po
r
otorga
r
el uso o goce temporal de
bienes 100,000.00
(
X
)
Tasa 15.00%
(=) IVA Trasladado 15,000.00
(
-
)
IVA Acreditable 5,000.00
(-) Retención del IVA efectuada po
r
personas
morales 6,000.00
(
=
)
IVA a cargo (favor) 4,000.0
0
La tasa general es del 15%; sin embargo cuando el
otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles se
realice por residentes en regón fronteriza se aplicará la tasa del
10%.
El contribuyente trasladará el IVA en forma expresa y po
r
separado, a las personas que usen o gocen temporalmente los
bienes inmuebles. Se entenderá por traslado del IVA el cobro o
cargo que el contribuyente debe hacer a dichas personas de un
monto equivalente al IVA establecido en la LIVA, inclusive cuando
se retenga.
La retención se hará por las dos terceras partes del IVA quese
les traslade. En el ejemplo se obtuvierón ingresos por
arrendamiento de personas morales por $60,000.00.
฀Siempre฀que฀no฀los฀paguen฀quienes฀usen฀o฀gocen฀del฀inmueble.
฀Se฀considera฀interés฀real฀el฀monto฀en฀que฀dichos฀intereses฀excedan฀del฀ajuste฀anual฀por฀inf‌lación.฀Para฀determinar฀el฀interés฀real฀se฀aplicará฀
lo฀dispuesto฀en฀el฀ART-159฀LISR.
s
Determinación de la cantidad máxima a deducir
In
g
resos anuales
p
or arrendamiento de inmueble 725,714.0
0
(
X
)
Porcenta
j
e máximo de deducción 10.00%
(
=
)
Cantidad máxima a deduci
r
72,571.4
0
Supuesto 1. Gastos mayores al límite
Sueldos 53,328.0
0
(
+
)
Comisiones 12,500.0
0
(
+
)
Honorarios 14,960.0
0
(
=
)
Gastos realizados en un año de calendari
o
80,788.0
0
Cantidad máxima a deduci
r
72,571.4
0
Cantidad no deducibl
e
8,216.6
0
Supuesto 2. Gastos menores al límite
Sueldos 48,754.0
0
(
+
)
Comisiones 9,500.00
(
+
)
Honorarios 7,824.00
(
=
)
Gastos realizados en un año de calendari
o
66,078.0
0
Cantidad máxima a deduci
r
66,078.0
0
Deducción opcional
In
g
resos efectivamente recibidos en el
p
eriod
o
126,555.0
0
(
X
)
Porcenta
j
e a
p
licable a los in
g
resos 35.00%
(
=
)
Deducción o
p
cional 44,294.25
(
+
)
Im
p
uesto
p
redial 4,756.00
(=) Deduccione
s
autorizadas considerand
o
la
deducción "ciega" 49,050.25
Datos:
A Total de metros cuadrados del inmuebl
e
300
B Metros cuadrados ocu
p
ados
p
or el arrendado
r
200
CProporción no deducible ((
A
÷B) X 100) 66.67%
D Pro
p
orción deducible
(
100-C
)
33.33%
Determinación del importe deducible
Gastos diversos
(
Mantenimiento, a
g
ua, etc.
)
184,725.3
6
(
+
)
Im
p
uesto
p
redial 5,485.34
(
+
)
Derechos de coo
p
eración de obras
p
ublica
s
822.80
(
=
)
Total de
g
astos 191,033.5
0
(
X
)
Pro
p
orción deducible
(
100-C
)
33.33%
(=) Importe deducibl
e
63,677.83
Determinación del IVA
Ingresos po
r
otorga
r
el uso o goce temporal de
bienes 100,000.00
(
X
)
Tasa 15.00%
(=) IVA Trasladado 15,000.00
(
-
)
IVA Acreditable 5,000.00
(-) Retención del IVA efectuada po
r
personas
morales 6,000.00
(
=
)
IVA a cargo (favor) 4,000.0
0
La tasa general es del 15%; sin embargo cuando el
otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles se
realice por residentes en regón fronteriza se aplicará la tasa del
10%.
El contribuyente trasladará el IVA en forma expresa y po
r
separado, a las personas que usen o gocen temporalmente los
bienes inmuebles. Se entenderá por traslado del IVA el cobro o
cargo que el contribuyente debe hacer a dichas personas de un
monto equivalente al IVA establecido en la LIVA, inclusive cuando
se retenga.
La retención se hará por las dos terceras partes del IVA quese
les traslade. En el ejemplo se obtuvierón ingresos por
arrendamiento de personas morales por $60,000.00.

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