Teorías de la argumentación jurídica: una visión retrospectiva de tres autores. Tercera Parte: Robert Alexy

AutorFaustino Martínez Martínez
CargoLicenciado y Doctor en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela
Teorías de la argumentación jurídica: una visión retrospectiva de tres autores. Tercera Parte: Robert
Alexy
Faustino Martínez Martínez
Licenciado y Doctor en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela, con Premio
Extraordinario.
Profesor de Historia del Derecho de la Universidad Complutense de Madrid
Estancias de investigación en las Universidades de Florencia, Messina, Instituto de Investigaciones
Jurídicas de la UNAM, e Instituto Max Planck para la Historia del Derecho Europeo.
Profesor invitado de varias universidades españolas y extranjeras.
Es coautor de los libros: Apuntes para la Historia del Juicio de Amparo. Editorial Porrúa, S. A.,
México, 2002. 383 pp. y Fuentes para la historia del juicio de amparo. Senado de la República,
México, 2004.
Autor de numerosos artículos y reseñas críticas en materias de su especialidad en los que destacan:
"Teorías de la argumentación jurídica: una visión retrospectiva de tres autores", en Gaceta de la
Comisión Nacional de los Derecho Humanos (México), nº. 169 (agosto, 2004), Historia de la
Administración Local española. FEGAMP. Fundación Caixa Galicia, Santiago de Compostela,
1999.
Vías jurídicas para el aprovechamiento de los patrimonios señoriales. De la enfiteusis al foro. Los
foros urbanos en la ciudad de Santiago de Compostela (Siglos XVI-XVIII). CD-ROM. Edición
Técnica Unidixital. Universidad de Santiago de Compostela, Santiago de Compostela, 2001.
Apuntes sobre las relaciones entre el Estado moderno y los señoríos en la América hispánica.
Servicio de Publicaciones. Diputación Provincial de Lugo, Lugo, 2002. 87 pp,
"Aproximación histórica a la problemática lingùística en la Península Ibérica: lengua y derecho en
el pasado", en Encuentros en Catay. Revista Anual, nº. 17 (2003), pp. 324-344. Departamento de
Lengua y Literatura Española. Universidad Fujen- Taipei (Taiwan). ISSN: 1023-6961.
"Antología de textos forales del antiguo Reino de Galicia (Siglos XII-XIV)", en Cuadernos de
Historia del Derecho, nº. 10 (2003), pp. 257-343. ISSN: 1133-7613.
Llega el turno de Robert Alexy, el más reciente de los pensadores de esta corriente. Para este autor, la
argumentación jurídica tiene que conseguir una armonización entre los precedentes y el caso concreto,
cuya resolución se reclama. Las reglas que el intérprete del Derecho ha de aplicar a un caso particular
deben conseguir el equilibrio entre los resultados de casos precedentes y análogos, y las exigencias de lo
correcto (es nuevamente el eterno dilema entre justicia y seguridad). De esto se deduce la importancia
capital que van a tener las valoraciones dentro de un sistema jurídico a la hora de aplicar cualquier norma.
Dichas valoraciones las agrupa en cuatro categorías diferentes: las valoraciones basadas en consensos
existentes de facto; las extraídas del material jurídico consolidado; las derivadas de principios
suprapositivos; y, finalmente, las que surgen de conocimientos empíricos, distintos a los señalados en
primer lugar. Por otro lado, Alexy defiende que el discurso jurídico es un caso especial del discurso
práctico general. En ambos casos, se trata de la corrección de enunciados normativos, de premisas, pero el
discurso jurídico va a aparecer más limitado a causa de una serie de condiciones restrictivas como son la
sujeción a la ley, la necesaria consideración de los precedentes, el peso de la dogmática elaborada por la
ciencia jurídica, y las limitaciones derivadas del ordenamiento procesal. La citada argumentación jurídica
ha de ser una argumentación racional (el juez ha de actuar sin arbitrariedad), y si se carece de norma
jurídica escrita, la decisión judicial integrará el ordenamiento jurídico según los criterios de la razón
práctica y las ideas generales de justicia. Tras efectuar una exposición y crítica de las teorías más
significativas sobre el discurso práctico (Naturalismo, Intuicionismo, Emotivismo, Wittgenstein, Austin,
Hare y demás), se centra Alexy en el pensamiento de Haberlas, de Perelman y de la Escuela de Erlangen.
Estas últimas exposiciones conforma el punto de partida para la explicación de la teoría del propio Alexy.
Critico pero, al mismo tiempo, toma para sí ciertos argumentos o posturas de las doctrinas anteriormente
citadas. Por tanto, no realiza una crítica totalmente destructiva del pensamiento filosófico precedente, sino

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