Virtudes, argumentacion juridica y etica judicial.

AutorAmaya, Amalia

Resumen: Según Manuel Atienza, la teoría de la argumentación jurídica se tiene que ocupar de responder tres preguntas: cómo analizar una argumentación, cómo evaluarla y cómo argumentar. Esta concepción de la teoría de la argumentación jurídica es, sin embargo, demasiado restrictiva. Además de proporcionar una respuesta adecuada a estas preguntas, una teoría de la argumentación jurídica debe ocuparse también de la cuestión de qué virtudes debe tener un juez para hacer buenas argumentaciones. La teoría de la argumentación jurídica está, por ello, íntimamente vinculada con una teoría de la ética judicial.

Palabras clave: ponderación, especificacionismo, sabiduría práctica Abstract: According to Manuel Atienza, a theory of legal reasoning should give an answer to the following three questions: how to analyze an argumentation, how to evaluate it, and how to argue. This conception of the theory of legal reasoning is, however, too restrictive. In addition to providing a sound answer to these questions, a theory of legal reasoning should also give us an answer to the question of which judicial virtues are necessary to make good arguments. A theory of legal reasoning is thus intimately linked to a theory of judicial ethics.

Key words: balancing, specificationism, practical wisdom

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  1. Según Manuel Atienza, la teoría de la argumentación se tiene que ocupar de responder tres preguntas: cómo analizar una argumentación, cómo evaluarla y cómo argumentar. (1) En el texto que nos ocupa, Atienza se centra en la segunda de estas cuestiones: cómo evaluar una argumentación, en concreto, una argumentación judicial. Según Atienza, son cinco los criterios básicos de evaluación: universalidad, coherencia, adecuación de las consecuencias, moral social y moral justificada. (2)

    Estos criterios, sin embargo, no siempre nos permiten solucionar el problema de la evaluación de una argumentación jurídica ya que, en ocasiones, no son lo suficientemente precisos, son difíciles de aplicar y además pueden entrar en conflicto. En estas situaciones, según Atienza, es necesario apelar a la idea de razonabilidad. La decisión razonable es aquella que satisface, en la mayor medida posible, los citados criterios y que resulta, además, aceptable. (3)

  2. Hay mucho de "razonable" en la propuesta de Atienza. Resulta, por ello, difícil estar en desacuerdo con los criterios que él propone, ya que los mismos identifican, al menos, algunos de los elementos centrales que tiene que atender cualquier argumento judicial. No cabe duda, me parece (y dejando a un lado las críticas escépticas, ya que comparto con él una concepción objetivista de la moral y del Derecho), de que las consecuencias de una decisión, su coherencia con los valores del Derecho y de la moralidad política, o la universalidad son criterios centrales para evaluar una decisión judicial. No obstante, como lo reconoce Atienza, estos criterios no son suficientes. (4) Y es en este punto--el de la insuficiencia--en el que me quiero centrar en este comentario.

  3. A fin de resolver los casos en los que los criterios de evaluación no son suficientes para justificar una decisión, Atienza apela a la idea de "razonabilidad", entendida como un balance "aceptable" de exigencias contrapuestas. (5) Me parece, sin embargo, que apelar a esta idea de balance no es suficiente para discriminar entre las buenas y las malas argumentaciones judiciales. ¿Qué balances son adecuados y cuáles no? ¿Qué criterio usamos para distinguir los balances exitosos de aquellos que no logran articular de manera óptima las distintas exigencias? ¿Cómo balancear las razones finalistas y las de corrección? Y notemos que, de manera central, no sólo puede haber, en un caso concreto, conflictos entre criterios, sino que un mismo criterio puede apuntar en distintas direcciones. Apelar a la idea de balance pararesolver los casos de indeterminación o conflicto--los casos difíciles y, por ello, más interesantes en el Derecho--resulta, me parece, insuficiente. Para encontrar un criterio de evaluación de las argumentaciones judiciales en casos difíciles es preciso, sin embargo, cuestionar el modo en el que se ha entendido la teoría de la argumentación jurídica contemporánea y, en concreto, la manera en la que Atienza--uno de los exponentes centrales de esta tradición--delimita el ámbito de la teoría de la argumentación jurídica.

  4. Volvamos a las preguntas que, según Atienza, debe responder una teoría de la argumentación jurídica...

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