Decreto por el que se crean y modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, y se reforman y adicionan los diversos que establecen la Tasa Aplicable para el 2002 del Impuesto General de Importación para las Mercancías Originarias de algunos Países con los que México ha celebrado Tratados Comerciales

Fecha de disposición31 Diciembre 2001
Fecha de publicación31 Diciembre 2001
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se crean y modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, y se reforman y adicionan los diversos que establecen la Tasa Aplicable para el 2002 del Impuesto General de Importación para las Mercancías Originarias de algunos Países con los que México ha celebrado Tratados Comerciales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 4o. fracción I, 12, 13 y 14 de la Ley de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO 1o

Se crean y modifican los aranceles, de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:

FRACCIÓN DESCRIPCIÓN AD-VALOREM
0407.00.01 Huevo fresco para consumo humano, excepto lo comprendido en la fracción 0407.00.03. Kg 46
0407.00.03 Huevo fértil. Kg 46
1001.10.01 Trigo durum (Triticum durum, Amber durum o trigo cristalino). Kg 67
1001.90.01 Trigo común llamado duro (Triticum aestivum o trigo duro). Kg 67
1511.10.01 Aceite en bruto. Kg 35
1511.90.99 Los demás. Kg 35
1513.11.01 Aceite en bruto. Kg 35
1513.19.99 Los demás. Kg 35
2602.00.01 Con un contenido de manganeso igual o superior a 46% en peso sobre producto seco, y una granulometría del 90% entre 12.5 mm y 1.80 mm. Kg 13
2602.00.99 Los demás. Kg 13
2932.11.01 Tetrahidrofurano. Kg 3
3004.20.02 Medicamento de amplio espectro a base de (-)-(4R,5S,6S)-[[(3S,5S)-5-(dimetil carbamoil)-3-pirrolidinil]tio]-6-[(1R)-1-hidroxietil]-4-metil 7-oxo-1azabiciclo [3,2,0] hept-2-ene-2-ácido carboxílico. Kg Ex.
3004.39.04 SUPRIMIDA.
3004.90.47 Anestésico a base de 2,6-bis-(1-metiletil)-fenol (Propofol), en emulsión inyectable estéril. Kg Ex.
3004.90.48 Medicamentos a base de cerivastatina, o a base de moxifloxacino. Kg Ex.
3004.90.49 Medicamentos a base de: rituxibam; de mesilato de nelfinavir; de ganciclovir o de sal sódica de ganciclovir. Kg Ex.
3004.90.50 Medicamentos a base de: metoprol incluso con hidroclorotiazida; de budesonida; de formoterol; de candesartan cilexetilo; de omeprazol magnésico. Kg Ex.
3908.10.05 Poliamidas o superpoliamidas, excepto lo comprendido en las fracciones 3908.10.01 a la 04 y 06. Kg 18
3908.10.06 Poliamida 12. Kg 18
4011.91.03 Para maquinaria o tractores agrícolas, excepto lo comprendido en la fracción 4011.91.01. Pza 13
4011.91.04 Para maquinaria o tractores industriales, excepto lo comprendido en la fracción 4011.91.01. Pza 13
4202.22.01 Con la superficie exterior de hojas de plástico. Pza 35
4202.22.02 Con la superficie exterior de materia textil. Pza 35
4202.32.01 Con la superficie exterior de hojas de plástico. Pza 35
4202.32.02 Con la superficie exterior de materia textil. Pza 35
4407.99.06 Tablillas de madera de Linden (Tiliaceae o Tilia heterophylla) con ancho que no exceda de 73 mm, y largo que no exceda de 185 mm, para la fabricación de lápices. m3 18
4408.90.01 Tablillas de madera de Linden (Tiliaceae o Tilia heterophylla) con ancho que no exceda de 73 mm, y largo que no exceda de 185 mm, para la fabricación de lápices. m3 18
7210.12.01 Con espesor igual o superior a 0.20 mm, cuyos primeros dos dígitos de código de temple sean T2 , T3 , T4 y T5 , conforme a la norma internacional ASTM A623 para producto simple reducido, o su equivalente en otras normas, excepto lo comprendido en la fracción 7210.12.03. Kg 3
7210.12.03 Láminas estañadas, con espesor igual o superior a 0.20 mm, cuyos primeros dos dígitos de código de temple sean T2 , T3 , T4 y T5 , reconocibles como concebidas exclusivamente para la fabricación de tapas y fondos para pilas secas. Kg 3
7213.99.01 Alambrón de acero con un contenido máximo de carbono de 0.13%, 0.1% máximo de silicio, y un contenido mínimo de aluminio de 0.02%, en peso. Kg 13
7222.11.01 De acero nitrogenado, laminadas en caliente, pelado o rectificado. Kg 3
7222.11.99 Los demás. Kg 13
7312.10.06 Galvanizados, con diámetro inferior a 1.6 mm, construidos por 9 o más filamentos de diámetro menor a 0.18 mm, trenzados en dirección S o Z. Kg 13
8431.20.01 Conjuntos de partes identificables como destinadas exclusivamente para la fabricación de los siguientes: a) mástil para montacargas; b) contrapeso para montacargas; c) ensamble de chasis; d) guarda del operador; e) horquillas para montacargas, para la fabricación de montacargas de las subpartidas 8427.10 y 8427.20. Kg 18
8471.10.01 Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, analógicas o híbridas. Pza 4
8471.30.01 Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, digitales, portátiles, de peso inferior o igual a 10 Kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador. Pza 4
8471.41.01 Que incluyan en la misma envoltura, al menos, una unidad central de proceso y, aunque estén combinadas, una unidad de entrada y una de salida. Pza 4
8471.49.01 Las demás presentadas en forma de sistemas. Pza 4
8471.50.01 Unidades de proceso digitales, excepto las de las subpartidas 8471.41 y 8471.49, aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida. Pza 4
8471.60.03 Impresoras láser, con capacidad de reproducción superior a 20 páginas por minuto. Pza 6
8471.60.05 Impresoras por inyección de tinta. Pza 6
8471.60.08 Las demás impresoras láser. Pza 6
8471.60.09 Unidades combinadas de entrada/salida. Pza 4
8471.60.10 Monitores monocromáticos de tubo de rayos catódicos; monitores con pantalla plana superior a 30.5 cm, (14 pulgadas); los demás monitores, excepto los comprendidos en la fracción
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