Aprueban Diputados CreacióN de La Fiscalía General de La RepúBlica

(Ampliación)

México, 10 Dic (Notimex).- La Cámara de Diputados aprobó en lo general con 370 votos en favor, 43 en contra y seis abstenciones el dictamen sobre la iniciativa del Ejecutivo federal que expide la Ley de la Fiscalía General de la República.

El documento establece la transformación de Procuraduría General de la República (PGR) en dicha fiscalía, órgano constitucional autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, con nuevas facultades y obligaciones en materia anticorrupción y electoral.

Legisladores del PRD, PT y Movimiento Ciudadano presentaron reservas a 20 artículos, las cuales fueron rechazadas de manera gradual por el pleno y el dictamen fue avalado en lo particular, sin cambios, con 319 votos en favor, 94 en contra y cero abstenciones.

La nueva institución estará integrada por dos fiscalías especializadas: la primera en materia de delitos electorales y la segunda de combate a la corrupción, cuyos titulares serán nombrados y removidos por el Fiscal General.

El nuevo marco legal de la fiscalía está compuesto de 46 artículos y es reglamentario de la reforma constitucional de los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de febrero de este año.

El documento reforma, además, otros 72 ordenamientos legales y abroga la Ley Orgánica de la PGR publicada en el DOF el 29 de mayo de 2009.

El nuevo órgano autónomo estará presidido por el Fiscal General, quien ejercerá autoridad jerárquica sobre todo el personal.

El nombramiento del fiscal se sujetará a los lineamientos previstos en el Artículo 102 constitucional, que establecen que para ocupar el cargo el ciudadano debe ser mexicano por nacimiento y tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación.

Además deberá contar con antigüedad mínima de 10 años con título profesional de licenciado en derecho, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso. El Fiscal General durará en su encargo nueve años y será designado bajo un procedimiento.

A partir de la ausencia definitiva del Fiscal General, el Senado contará con 20 días para integrar una lista de al menos 10 candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes, la cual enviará al Ejecutivo federal.

El Ejecutivo federal contará con 10 días para formular una terna y la enviará a la consideración del Senado.

El Senado, con base en la terna y previa comparecencia de las personas propuestas...

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