Acuerdo por el cual se aprueba el Proyecto de Iniciativa de Ley que Reforma el Artículo 51 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios y se remite a la LIV Legislatura del Estado.

1 de julio de 2005 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 2169
finalidad incorporar a un nuevo miembro a su fami-
lia.
9. Que atendiendo al Plan Municipal de De-
sarrollo 2003-2006, la Calidad de Vida es parte de
los objetivos para lograr un ambiente de paz social
y armonía, en el que se favorezca el desarrollo
integral de las personas, se procure la igualdad y la
equidad de género y se asegure un entorno digno.
Por lo cual es parte de la función pública
promover una política social que ofrezca equidad
en la participación de los hombres y mujeres en la
conformación de las familias.
10. Que mediante oficios SAY/DPL/38/05 y
SAY/DPL/39/05 de fecha 28 de febrero de 2005, se
envío a la Dirección de Recursos Humanos y a la
Procuraduría de la Defensa del Menor y la familia
respectivamente, ésta iniciativa con la finalidad de
que emitieran su opinión técnica .
Por lo anteriormente expuesto y fundado, los
integrantes del H. Ayuntamiento de Querétaro,
aprobaron en la Sesión Ordinaria de Cabildo cele-
brada el 26 de abril de 2005, la siguiente:
INICIATIVA DE REFORMA AL
CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO
ÚNICO. Se agrega un tercer párrafo al inciso
c) del artículo 118, para quedar de la siguiente ma-
nera:
“Artículo 118...:
a).-...;
b).-...;
c).-...
...
En el caso de que el trabajador promueva
un procedimiento de adopción, podrá ausentar-
se de sus labores en las fechas señaladas por
las autoridades competentes, previa exhibición
de los citatorios y/o constancias que corres-
pondan.
d).-...”
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. Publíquese la pre-
sente iniciativa en la Gaceta Municipal y en el Pe-
riódico Oficial de Gobierno del Estado, “La Sombra
de Arteaga”.
ARTÍCULO SEGUNDO. La presente reforma
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en la Gaceta Municipal.
ARTÍCULO TERCERO. Se derogan todas
aquellas disposiciones de igual o menor jerarquía
que contravengan lo establecido en el presente
ordenamiento legal.
ARTÍCULO CUARTO. Notifíquese a los titu-
lares de la Secretaría de Administración, de la Di-
rección de Recursos Humanos del H. Ayuntamiento
de Querétaro y del Sindicato de Trabajadores al
Servicio del Municipio de Querétaro.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro y para su debida observancia, promulgo
la presente reforma del Código Municipal de Queré-
taro en el edificio sede de la Presidencia Municipal
de Querétaro, en la Ciudad de Querétaro, Qro., a
los 27 días del mes de abril de 2005.
LIC. ARMANDO ALEJANDRO
RIVERA CASTILLEJOS
PRESIDENTE MUNICIPAL DE QUERÉTARO
Rúbrica
LIC. ANTONIO JUAN JOSÉ
GUTIÉRREZ ÁLVAREZ
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica

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