Acuerdo No. 62 que Emite el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, para Aprobar los Nuevos Formatos de Las Actas y Demás Documentación Electoral, Así como La Impresión de La Cinta que Se Utilizará Durante el Proceso Electoral Coincidente 2008 ã 2009

Fecha de disposición30 Mayo 2009
Fecha de publicación30 Mayo 2009
SecciónAnexos
Número de Gaceta22

DEL GOBIERNO DEL ESTADO INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMAACUERDO No. 62

QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, PARA APROBAR LOS NUEVOS FORMATOS DE LAS ACTAS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN ELECTORAL, ASÍ COMO LA IMPRESIÓN DE LA CINTA QUE SE UTILIZARÁ DURANTE EL PROCESO ELECTORAL COINCIDENTE 2008 - 2009.

PROCESO ELECTORAL 2008 - 2009

ACUERDO NÚMERO 62

25/MAYO/2009

ACUERDO QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, PARA APROBAR LOS NUEVOS FORMATOS DE LAS ACTAS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN ELECTORAL, ASÍ COMO LA IMPRESIÓN DE LA CINTA QUE SE UTILIZARÁ DURANTE EL PROCESO ELECTORAL COINCIDENTE 2008 - 2009, EN RAZÓN DE LO CUAL SE EMITEN LOS SIGUIENTESA N T E C E D E N T E SI.

Que el día 22 de abril del año en curso, este Consejo General emitió el acuerdo número 45, mediante el que se aprobó los formatos de la documentación electoral que se utilizará durante el proceso electoral coincidente 2008 - 2009, así como su criterio de distribución ante cada uno de los órganos electorales en que serán utilizados.

II.

Mediante acuerdo número 55, de fecha 15 de mayo de 2009, este órgano superior de dirección aprobó los 16 modelos de boletas, concernientes a las elecciones distritales de diputados locales por ambos principios al Congreso del Estado, así como los formatos de la demás documentación electoral de la elección de diputados locales.

III.

De igual forma, mediante acuerdo número 56 del 15 de mayo del presente año, se aprobó los 10 modelos de boletas, concernientes a cada uno de las elecciones de los Ayuntamientos de la Entidad, así como los formatos de la demás documentación electoral de la elección de Ayuntamientos.

IV.

Asimismo, el día 15 de mayo del año en curso, este Órgano Electoral emitió el acuerdo número 57, mediante el que se aprobó las cantidades a imprimir de las boletas de Gobernador, actas y demás documentación electoral que se utilizará durante el proceso electoral coincidente 2008-2009.

De acuerdo a los antecedentes recién expuestos se emiten las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

  1. -

    Que en términos de lo establecido en el artículo 163, fracción XVIII, del Código Electoral del Estado, es atribución del Consejo General aprobar el modelo de las actas de la jornada electoral y los formatos de la documentación electoral que se utilizarán en el proceso electoral coincidente 2008-2009.

  2. -

    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 192, fracción V, del Código Electoral, una de las actividades a desarrollar dentro de la etapa de preparación de la elección del Proceso Electoral coincidente 2008-2009, consiste en " la preparación, distribución y entrega de la documentación electoral aprobada y de los útiles necesarios a los presidentes de casillas", acto que ya ha sido previsto en el acuerdo aludido en la consideración que antecede, mediante el establecimiento de los criterios de distribución de las boletas, actas, documentación y material electoral, necesarios para que los funcionarios de casilla se desempeñen con la eficacia debida el día de la jornada electoral del 5 de julio próximo.

  3. -

    Este Consejo General, el día 09 de abril de 2009, emitió la resolución número 2, en la que declaró procedente el frente total y el acuerdo para postular candidatos comunes a los cargos de elección popular de Gobernador, Diputados locales de mayoría relativa de los 16 distritos electorales uninominales, así como de los integrantes de los 10 Ayuntamientos de la Entidad, celebrado por los partidos políticos de la Revolución Democrática y Socialdemócrata, para participar en las elecciones constitucionales a celebrarse el día 5 de julio de 2009.

    De la misma manera, mediante resoluciones números 3, de fecha 11 de abril de 2009, 4 y 5, ambas de fecha 02 de mayo del presente año, el Consejo General declaró procedente los acuerdos para postular candidatos comunes a los cargos de elección popular de Gobernador, Diputados locales de mayoría relativa de los 16 distritos electorales uninominales, así como de los integrantes de los 10 Ayuntamientos de la Entidad, respectivamente, formándose un frente común total celebrado entre los partidos políticos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza, para participar en las elecciones constitucionales a celebrarse el día 5 de julio de 2009.

    Dichas resoluciones se emitieron de conformidad con lo establecido por los artículos 63 Bis-1 y 63 Bis-2 del Código de la materia.

  4. -

    Que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictó resolución de fecha 20 de...

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