Aprobación de reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, relativas: al de goce de vacaciones periódicas debidamente remuneradas a todos los servidores públicos de la entidad. Garantía al Derecho Humano de las Niñas y las Mujeres a una vida libre de violencia, debiendo observar en la elaboración y ejecución de Políticas Públicas, los Principios de Igualdad Jurídica, respeto a la Dignidad Humana de las Mujeres, la no discriminación, la libertad y el desarrollo integral de las mujeres y las niñas que habiten y transiten en el Estado de México

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