Tesis nº VI-TASR-XXIII-52 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2011

JuezAislada, Sala Regional del Centro II
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Septiembre 2011
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
LocalizadorPor su fecha de aprobación esta tesis corresponde a Sexta Época en términos del acuerdo G/8/2011, aun publicada en Séptima Época.
 R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 2. Septiembre 2011. p. 101
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-TASR-XXIII-52

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VI-TASR-XXIII-52

ASEGURAMIENTO DE LA CONTABILIDAD. NO ES ILEGAL EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 46, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CUANDO NO IMPIDE LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL VISITADO.-

De acuerdo a lo dispuesto en la fracción III, del artículo 46, del Código Fiscal de la Federación, si durante una visita domiciliaria, es asegurada la contabilidad del contribuyente y es nombrado como depositario de la documentación un tercero, ello es del todo legal, pues conforme al precepto legal en comento, tal actuación es posible siempre y cuando "dicho aseguramiento no impida la realización de las actividades del visitado", por tanto, si se hace constar, en el acta relativa, que dichos documentos fueron devueltos en el mismo momento, previo sello estampado de la autoridad fiscalizadora y el demandante no acredita que tal aseguramiento le hubiere impedido la realización de sus actividades, en consecuencia, no existe perjuicio alguno que afecte la esfera jurídica de la parte actora y que implique ilegalidad en el procedimiento del cual deriva la resolución impugnada.

Juicio...

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