Acuerdo mediante el cual se autoriza el pago correspondiente a la aportación del 10% en efectivo del equivalente del área de donación del proyecto del condominio 'Rincón Campestre', ubicado en el Barrio de La Magdalena, Tequisquiapan, Qro.

Pág. 5056 PERIODICO OFICIAL 22 de septiembre de 2006
Denomina-
ción Longitud
ml. Por cada
100.00 ml
$301.89
Por cada
10.00
metros
Excedente
$30.23
Total
Calle Cordi-
llera de los
Andes
603.512 $1,811.33 $0.00 $1,811.33
Subtotal $1,811.33
25%
adicional $ 452.83
Total $2,264.16
(DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO
PESOS 16/100 M.N.)
9.4. Finalmente, deberá instalar las placas de
nomenclatura de acuerdo a Ias especificaciones
y al diseño que se anexa al diagnóstico técnico.
10. Con fecha 17 de agosto de 2006, me-
diante oficio número SAY/DAC/5495/2006, se turnó
al Lic. Armando Rivera Castillejos, Presidente Mu-
nicipal y Presidente de la Comisión de Desarrollo
Urbano y Ecología, copia del estudio técnico núme-
ro 163/06, para su estudio y análisis en dicha Co-
misión..."
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré-
taro, en el Punto Cuarto, Apartado I, Inciso 26), del
Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
"...PRIMERO. Se autoriza el reconocimiento
y recepción de obras de urbanización de una sec-
ción de la vialidad ubicada en una fracción del pre-
dio rústico identificado como El Rincón Ex-
Hacienda San Pedro Mártir, Delegación Félix Oso-
res Sotomayor, con las características referidas en
el Considerando 8.4 del presente Acuerdo.
SEGUNDO. A la vialidad mencionada en el
Resolutivo anterior, se le otorga la nomenclatura
de: Cordillera de los Andes
TERCERO. La empresa "Desarrolladora Edi-
ficare", S.A. de C.V., deberá cubrir el pago corres-
pondiente de los derechos de nomenclatura, con-
forme a lo establecido por la Ley de Ingresos del
Municipio de Querétaro, Qro., para el ejercicio fiscal
2006, en base a lo establecido en el Considerando
9.3 del presente Acuerdo; y una vez hecho el pago,
remitir copia del recibo a la Secretaría del Ayunta-
miento.
CUARTO. La empresa "Desarrolladora Edifi-
care", S.A. de C.V., deberá instalar la placa de no-
menclatura de acuerdo a las especificaciones y
diseño elaborado por el Departamento de Diseño
Urbano de la Dirección de Desarrollo Urbano Muni-
cipal.
QUINTO. En caso de incumplir con cualquie-
ra de las disposiciones del presente Acuerdo, se
tendrá por revocado el mismo.
T R A N S I T O R l O S
PRIMERO. Publíquese por una sola ocasión
en la Gaceta Municipal y en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro, "La Sombra de
Arteaga", con costo para el promovente, para lo
cual tendrá un plazo de diez días hábiles contados
a partir de la notificación del presente Acuerdo.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta
Municipal.
TERCERO. Comuníquese lo anterior a los ti-
tulares de la Secretaría de Gobierno del Estado,
Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas
de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo
Sustentable Municipal, Secretaría General de Go-
bierno Municipal, Delegación Epigmenio González y
a la empresa denominada "Desarrolladora Edifica-
re", S. A. de C.V., a través de su representante
legal...".
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFI-
CADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE
HAYA LUGAR, EL TREINTA DE AGOSTO DE
DOS MIL SEIS, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO
DE QUERÉTARO, QRO.------------- DOY FE---------
LIC. ANTONIO JUAN JOSÉ
GUTIÉRREZ ÁLVAREZ
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
UNICA PUBLICACION

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