Anula Corte inhabilitar a empresas de por vida

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la inhabilitación perpetua a personas físicas o morales para contratar con el Estado, si no se deja a los jueces la posibilidad de aplicar sanciones más leves.

El pleno del máximo tribunal invalidó el pasado 16 de enero porciones del artículo 295 del Código Penal del Estado de Jalisco, en el cual se establece la inhabilitación de manera definitiva como una de las sanciones a los sentenciados por el delito de promover o subsidiar conductas que resulten en daño al medio ambiente.

Los Ministros determinaron por unanimidad que la sanción fija es inconstitucional, pues no permite a los jueces graduar la pena de acuerdo a la gravedad del hecho y las características de los responsables.

Antes de esa reforma, vigente desde el mes de noviembre de 2017, la sanción era de "hasta seis años" de inhabilitación, además de multa y cárcel.

"(El artículo 295) obliga a que el juzgador imponga (la inhabilitación) de manera fija, sin que pueda ejercer su facultad de arbitrio para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR