Anexo Técnico de Ejecución Específico para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2023, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Baja California Sur.

Fecha de publicación28 Marzo 2023
EmisorSECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ANEXO Técnico de Ejecución Específico para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2023, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Baja California Sur
ANEXO Técnico de Ejecución Específico para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2023, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Baja California Sur.
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA IMPULSAR LA SOSTENIBILIDAD Y RESILIENCIA AL CAMBIO
CLIMÁTICO EN EL SECTOR AGRÍCOLA 2023 EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA IMPULSAR LA SOSTENIBILIDAD Y RESILIENCIA AL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL SECTOR AGRÍCOLA 2023, EN ADELANTE "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE "AGRICULTURA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DOCTORA SOL ORTIZ GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE POLÍTICAS, PROSPECCIÓN Y CAMBIO CLIMÁTICO, EN ADELANTE LA "DGPPyCC" Y EL ING. ARMANDO RAMÍREZ GÁLVEZ, TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE "AGRICULTURA" EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE AGRICULTURA"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL ING. JOSÉ ALFREDO BERMÚDEZ BELTRÁN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PESCA, ACUACULTURA Y DESARROLLO AGROPECUARIO ASISTIDO POR EL ING. RAMÓN GONZÁLEZ LÓPEZ, SUBSECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y ACCIONES PARA EL LOGRO DEL OBJETO DEL PRESENTE ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Que con fecha 17 de marzo del año 2022, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y la Seguridad Alimentaria 2022-2024, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2022-2024", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y Seguridad Alimentaria en general así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Baja California Sur.
II. La Ley de Planeación señala que el desarrollo rural deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la "CONSTITUCIÓN".
III. Qué el artículo 4 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable señala que el Estado impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales.
Y el artículo 5 establece que el marco previsto en la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados, entre otros objetivos, a fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable.
IV. Que la Organización de las Naciones Unidas para Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, reconoce a la agricultura en un sentido amplio, involucrando a la agricultura, ganadería, pesca, acuacultura y silvicultura, los cuales presentan alta vulnerabilidad a los efectos del cambio climático.
V. Que México es parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la cual en su Artículo 2 establece el objetivo de lograr la estabilización de las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. La estabilización se debe lograr en un plazo suficiente que asegure que la producción de alimentos no se vea amenazada y el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
VI. Que la Ley General de Cambio Climático, en los artículos 7° y 8° faculta a la Federación y a las entidades federativas para establecer, regular e instrumentar las acciones para la mitigación y la adaptación en materia agrícola y en los artículos 30 y 34, establece la participación de los tres niveles de gobierno en la implementación de acciones de adaptación y mitigación relacionadas con el sector agrícola.
VII. Que nuestro país ratificó el Acuerdo de París derivado de la Convención Marco de las NacionesUnidas sobre el Cambio Climático, que establece metas para la reducción de las emisiones de GEI, por lo que se compromete a transitar a un futuro bajo en carbono, a través de diferentes acciones. De acuerdo con el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, desde el ámbito de la agricultura se contribuye a las metas, limitando el crecimiento de la frontera agrícola, reduciendo el uso de fuego en terrenos agropecuarios, promoviendo el manejo de excretas animales, reduciendo las emisiones por fermentación entérica, optimizando el uso de fertilizantes nitrogenados, fomentando la recarbonización de suelos, promoviendo sistemas agroforestales y silvopastoriles, así como la siembra de arrecifes de coral y captura de carbono azul.
VIII. Que con las acciones que se impulsen de forma coordinada entre las "PARTES", se aportará al cumplimiento de las metas de la Contribución Determinada a nivel Nacional (NDC), en términos de adaptación y mitigación de emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero (GyCEI).
IX. Que la Comisión de Recursos Genéticos de la FAO y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, consideran el gran valor de los recursos genéticos para la adaptación al cambio climático, por lo que resulta necesario conjuntar esfuerzos para impulsar programas de mejoramiento genético para atender la variabilidad climática, y evitar pérdidas de cosechas por sequías, heladas, inundaciones o presencia de plagas y enfermedades.
X. Que con fecha 16 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de creación del Comité Sectorial de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura, como un mecanismo de coordinación sectorial para promover la conservación, manejo, distribución justa y equitativa de los beneficios y aprovechamiento sostenible de éstos, mediante la coordinación interinstitucional e interdisciplinaria en el Sector.
XI. Que la estrategia de la FAO para la integración de la biodiversidad en los distintos sectores agrícolas, considera que la biodiversidad representa un factor importante para mantener la producción de alimentos a largo plazo. La pérdida o degradación de la integridad biológica conlleva efectos negativos en la producción de alimentos por la reducción de los diversos servicios ecosistémicos que brinda.
XII. Que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable en su Artículo 24, establece que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural no otorgará apoyos o incentivos económicos para actividades agropecuarias en zonas deforestadas o para aquellas que propicien el cambio de uso de suelo de terrenos forestales o incrementen la frontera agropecuaria.
XIII. Que los polinizadores representan un rol muy importante en la producción de diversos cultivos, y que pueden ser considerados especies indicadoras de la sostenibilidad de los sistemas de producción. Por lo que la "AGRICULTURA" reconoce que los polinizadores y sus servicios ecosistémicos contribuyen al abasto de alimentos y el bienestar de la población rural.
XIV. Que con fecha 14 de junio de 2021, se publicó en el DOF el Aviso por el que se da a conocer la Estrategia Nacional para la Conservación y Uso Sustentable de los Polinizadores (ENCUSP). Esta estrategia representa un instrumento guía para los servidores públicos...

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