Anexo de Ejecución del Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guerrero.

Fecha de publicación19 Enero 2023
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ANEXO de Ejecución del Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guerrero
ANEXO de Ejecución del Convenio de Colaboración para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Guerrero.
ANEXO DE EJECUCIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DR. FRANCISCO LUCIANO CONCHEIRO BÓRQUEZ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA EL MAGISTERIO, MTRO. MARIO ALFONSO CHÁVEZ CAMPOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, REPRESENTADO POR SU GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, MTRA. EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, ASISTIDA POR EL MTRO. LUDWIG MARCIAL REYNOSO NUÑEZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C.P.C RAYMUNDO SEGURA ESTRADA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN Y EL DR. MARCIAL RODRIGUEZ SALDAÑA, SECRETARIO DE EDUCACIÓN GUERRERO, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 15 de febrero del 2022, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio de Colaboración, en lo sucesivo "El Convenio", por el cual se establecieron las bases conforme a las cuales "LA SEP" apoyaría al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al ejercicio fiscal 2022, para la operación del Programa Presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa "PROFEXCE" en el marco de la EDINEN, considerando la evaluación de los proyectos integrales del Programa Fortalecimiento de la Gestión Educativa (ProGEN) y del Programa Fortalecimiento de la Escuela Normal (ProFEN), de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa" para el ejercicio fiscal 2022, en lo sucesivo "Las Reglas".
En la cláusula Segunda, último párrafo de "El Convenio", se estableció que en caso de que "LA SEP" aportara al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" recursos adicionales para el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (PROFEXCE), dichas aportaciones se formalizarían mediante la suscripción de Anexos de Ejecución, los cuales una vez suscritos formarán parte de "El Convenio".
DECLARACIONES
I De "LA SEP":
I.1 Que el Dr. Francisco Luciano Concheiro Bórquez Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente Anexo de Ejecución de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 fracción IX del ReglamentoInterior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre del 2020.
II.2 Que el Mtro. Mario Alfonso Chávez Campos Director General de Educación Superior para el Magisterio, asiste al Subsecretario de Educación Superior de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 16 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
1.3 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro Histórico, C.P. 06029, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
II. De: "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
II. 1 Que el Estado de Guerrero, es una entidad libre y soberana a su régimen interior, que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 párrafo primero, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 22 y 24 de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Guerrero.
II.2 Que la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, en su carácter de Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, acredita su personalidad jurídica conforme a la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección de Gobernador, otorgada por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero de fecha 13 de junio de 2021, y la publicación del Bando Solemne por el que se da a conocer la declaratoria de Gobernadora Electa para el período comprendido del 15 de octubre de 2021 al 14 de octubre de 2027, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero número 79 Alcance I, de fecha 01 de octubre de 2021 y cuenta con facultades para suscribir el presente Anexo de Ejecución, y obligarse en los términos del mismo de conformidad en lo dispuesto en los artículos 71, 87, 88, 90 numeral 2 y 91 fracciones XXIX y XLVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 1, 2, 3, 4, 6, 7, 11 y 18 Apartado A, fracciones I, III y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado deGuerrero Número 08.
II.3 Que el Mtro. Ludwig Marcial Reynoso Núñez, en su carácter de Secretario General de Gobierno, acredita su personalidad con el nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 24 de enero de 2022, y cuenta con las facultades para suscribir el presente Anexo de Ejecución, y obligarse en los términos del mismo de conformidad en lo dispuesto por los artículos 87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de Guerrero; 3, 6, 7, 11, 18, Apartado A fracción I y 20 fracción III de la LeyOrgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 08; 4 y 12 fracciones X, XIII y XL del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4 Que el C.P.C Raymundo Segura Estrada, en su carácter de Secretario de Finanzas y Administración, acredita su personalidad con el nombramiento y acta de protesta otorgados a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, ambos de fecha 15 de octubre del 2021, y cuenta con facultades para suscribir el presente Anexo de Ejecución, en los términos del mismo de conformidad en lo dispuesto por los artículos 87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política del Estado Librey Soberano de Guerrero; 3, 7, 11, 18 Apartado A fracción III y 22 de la Ley Orgánica de la AdministraciónPública del Estado de Guerrero Número 08; 4 y 9 fracciones XXIV, LXIV y LXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración.
II.5 Que el Dr. Marcial Rodríguez Saldaña, en su carácter de Secretario de Educación Guerrero, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado a su favor por la Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda, Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, y el acta de protesta, ambos de fecha 15 de octubre de 2021 cuenta con facultades para suscribir el presente el Anexo de Ejecución y obligarse en los términos del mismo de conformidad en lo dispuesto por los artículo 87, 88 y 90 numeral 2 de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Guerrero; 3, 7, 11, 18 Apartado A fracción VII y 26 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública del Estado de Guerrero Número 08; 7 y 8 fracciones IX y XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Guerrero.
II.6 Que para los efectos del presente Anexo de Ejecución, señala como su domicilio el ubicado en Recinto de las Oficinas del Poder Ejecutivo del Estado, el inmueble ubicado en el número 62, en Boulevard René Juárez Cisneros, de la Ciudad de los Servicios, Edificio Centro, C.P. 39074, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Es objeto del presente Anexo de Ejecución establecer las bases conforme a las cuales, "LA SEP" aportará a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables adicionales, correspondientes al ejercicio fiscal 2022, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, hasta por la cantidad de $10,058,905.00 (DIEZ MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCO PESOS 00/100 MN), para que los destine exclusivamente al desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la dictaminación y proyectos integrales de la EDINEN, particularmente en el ProFEN, con base en lo dispuesto en "Las Reglas", "El Convenio", y demás disposiciones administrativas, financieras y jurídicas aplicables.
Dicha aportación adicional la entregará "LA SEP" a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2022.
SEGUNDA.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obliga a aplicar y ejercer los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables adicionales que reciba de "LA SEP", exclusivamente para los proyectos y objetos particulares aprobados en el marco de la EDINEN, mismos que se describen en el Apartado Único del presente instrumento, en términos de lo establecido en "Las Reglas", "El Convenio" y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Lo anterior, en el...

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