Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012
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RMF/ANEXO 5 1
ANEXO 5 DE LA RESOLUCION MISCELANEA
FISCAL PARA 2012
Modificado con el D.O.F. del 31 de diciembre de 2012
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Contenido
A. Cantidades actualizadas establecidas en el Código.
B. ...................................................................................................
Nota: Los textos y líneas de puntos que se utilizan en este Anexo
tienen la finalidad exclusiva de orientar respecto de la ubicación de
las cantidades y no crean derechos ni establecen obligaciones distin-
tas a las contenidas en las disposiciones fiscales.
A. CANTIDADES ACTUALIZADAS ESTABLECIDAS EN EL CODI-
GO.
I. Conforme a la fracción I de la regla I.2.1.7., se dan a conocer las
cantidades actualizadas establecidas en el artículo que se precisa
en dicha regla, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2013.
ARTICULO 32-A. ............................................................................
I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido in-
gresos acumulables superiores a $ 39,140,520.00, que el valor de
su activo determinado en los términos del artículo 9o-A de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta sea superior a $ 78,281,070.00 o que por lo
menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios
en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.
..........................................................................................................
ARTICULO 80. ................................................................................
II. De $ 3,420.00 a $ 6,830.00, a la comprendida en la fracción
III. Tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV,
Capítulo II, Sección III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la multa
será de $ 1,140.00 a $ 2,280.00.
..........................................................................................................
ARTICULO 82. ................................................................................
XXXIV. De $ 16,870.00 a $ 28,110.00 por cada solicitud no atendi-
da, para la señalada en la fracción XXXIV.
..........................................................................................................
ARTICULO 84. ................................................................................
VI. De $ 13,570.00 a $ 77,600.00 a la señalada en la fracción IX
cuando se trate de la primera infracción. Tratándose de contribu-
yentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección III de
la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la multa será de $1,360.00 a
$ 2,710.00 por la primera infracción. En el caso de reincidencia, la
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