Acuerdo que autoriza a los CC. Anaid Hernández Nieto y J. Jesús Jiménez Ríos, llevar a cabo la donación a favor del Municipio de San Juan del Río, Qro., de una superficie de 1,870 m2, ubicada en la Parcela 814, Zona 01, Polígono 3/7, en el Ejido San Juan, Santa Cruz Nieto, Municipio de San Juan del Río, Qro.

28 de marzo de 2014 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3991
GOBIERNO MUNICIPAL
DEPENDENCIA: SECRETARÍA DEL
H. AYUNTAMIENTO
SECCIÓN CABILDO
RAMO: CERTIFICACIONES
N° DE OFICIO: SHA/1605/09
EL QUE SUSCRIBE C. LIC. JORGE JAVIER LANDEROS CERVANTES, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉTARO, CON FUNDAMENTO EN LAS FACULTADES QUE ME
CONFIERE EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO.---------------------
--------------------------------------------------------------------C E R T I F I C A :-----------------------------------------------------------------
QUE MEDIANTE SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 02 DE SEPTIEMBRE DE 2009, EN EL
CUARTO PUNTO INCISO B DEL ORDEN DEL DÍA, SE EMITIÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:---------------------------------
B).- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO, EN RELACIÓN CON EL ESCRITO QUE
PRESENTAN LOS CC. ANAID HERNÁNDEZ NIETO Y J. JESÚS JIMÉNEZ RÍOS, MEDIANTE EL CUAL
SOLICITAN SE AUTORICE LA DONACIÓN DE 1,870.11 M2 PARA SER UTILIZADO COMO VIALIDAD Y A
FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO., PARA SU APROBACIÓN.------------------------------------------
--------------------------------------------------------------------A C U E R D O---------------------------------------------------------------------
PRIMERO.- POR MAYORÍA, CON DOCE VOTOS A FAVOR, UNA ABSTENCIÓN Y UNA AUSENCIA Y CON
FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN III FRACCIÓN G), DE LA
ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIONES II INCISO A) Y XXIII Y 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 12 Y 13 DE LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 1, 3, 13, 16 FRACCIÓN V, 17 FRACCIONES XI Y XV; 39, 246 DEL CÓDIGO URBANO
DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 24, 25, 31 FRACCIONES I, II Y III, 37, 42 FRACCIÓN VIII, 91, 92, 103, 104 Y 105
DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉTARO; SE APRUEBA EL
DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO, POR LO CUAL SE AUTORIZA A LOS CC.
ANAID HERNÁNDEZ NIETO Y J. JESÚS JIMÉNEZ RÍOS, LLEVAR A CABO LA DONACIÓN A FAVOR DEL
MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL RÍO, QRO., DE UNA SUPERFICIE DE 1,870.11 M2 LA CUAL SE UBICA EN LA
PARCELA 814, ZONA 01, POLÍGONO 3/7, EN EJIDO SAN JUAN, SANTA CRUZ NIETO, SUPERFICIE QUE SE
DESTINARÁ COMO VIALIDAD; ASÍ MISMO EN ESTE MOMENTO SE INSERTA A LA LETRA DICHO DICTAMEN,
ÚNICAMENTE EN LO QUE REFIERE A SUS CONSIDERANDOS, RESOLUTIVOS Y TRANSITORIOS:-------------------
“CONSIDERANDOS--------------------------------------------- ----------------------------------------------------- --------------------------------------------------- ---------
PRIMERO.- Que estas Comisiones Unidas de Hacienda y Desarrollo Urbano, son competentes para conocer, estudiar y dictaminar, sobre el
escrito signado por los CC. Anaid Hernández Nieto y J. Jesús Jiménez Ríos, mediante el cual solicitan se autorice la donación de 1,870.11
m2 para ser utilizado como vialidad y a favor del Municipio de San Juan del Río, Qro., tal y como lo establece el Artículo 31 fracción I, del
Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de San Juan del Río, Qro., que a la letra dice: “Artículo 31.- Las comisiones
permanentes señaladas en el Artículo que antecede, tendrán las atribuciones que se expresan a continuación: I.- Recibir y
dictaminar sobre los asuntos que le sean turnados, de acuerdo a la naturaleza y fines qu e persigue la comisión respectiva,
realizando el estudio, análisis y propuestas de solución a los problemas planteados...”------------ ---------------------------------------------------
SEGUNDO. Que la personalidad del solicitante, se tiene que está debidamente acreditada con la documentación que CC. Anaid Hernández
Nieto y J. Jesús Jiménez Ríos, anexaron a su solicitud, tal como consta en el; Título de Propiedad No. 000001377 de fecha 11 de Enero de
2004, expedido por el Lic. Franco Vargas Montes, Delegado del Registro Agrario Nacional, que ampara la propiedad de la parcela 815, Z-1,
P3/7, a favor de J. Jesús Jiménez Ríos, inscrito bajo el folio Real No. 9639 de fecha 20 de Abril de 2004 del Registro Público de la
Propiedad de esta Ciudad, con Clave Catastral 160100108158001; y la Constancia Notarial de fecha 27 de Agosto de 2008, expedida por
el Lic. José Ignacio Paulin Posadas, Notario Público Titular de la Notaria Pública No. 7, de esta Demarcación Notarial, de la cual se
encuentra pendiente de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad , con clave catastral 1160100177135792, que
ampara la propiedad de la parcela 814, Z-1, P3/6, a favor de la C. Anaid Hernández Nieto, por lo que son Legitimados para dar el impulso
procesal necesario al procedimiento administrativo, para obtener la Autorización para celebrar un Contrato de Donación, lo anterior dando
cumplimiento a lo establecido en los artículos 12 y 13 de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y Municipios que a la letra
dicen: “Artículo 12.- El procedimiento administrativo podrá iniciarse de oficio o a petición de par te interesada o de sus
representantes legítimos.” y “Artículo 13.- Todas las promociones deberán de hacerse por escrito, donde se precise el n ombre, la
denominación o razón social de quien promueva, del representante legal en su caso, el domicilio para recibir notificaciones, el
nombre de los autorizados para recibirlas, la petición que se formule, los hechos o razones que la motiven, el ó rgano
administrativo al que se dirijan, el lugar y fecha de formulación. El escrito deberá de estar firmado por el interesado o s u
representante legal, salvo que éste impedido para ello o no sepa hacerlo y así lo manifieste b ajo protesta de decir verdad, en cuyo
caso se imprimirá su huella digital, así como el nombre y firma de dos testigos. El Promovente deberá de adj untar a su escrito los
documentos que acrediten, tanto su personalidad, como los hechos en que funde su petición”. ------------- -------------------------------------
TERCERO. - Que por lo que respecta al fondo del asunto y para que la Comisión de Desarrollo Urbano, tenga el conocimiento exacto y se
realice el análisis correspondiente del presente asunto, se tomó en cuenta la Opinión Técnica de la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Obras Públicas Municipales, mediante el Oficio DUS/195/09 de fecha 15 de Junio de 2009, suscrito por el ARQ. ANGEL MARTÍN TEJADA

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