ACUERDO GENERAL NUMERO 11/1998, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE AMPLIA EL FUNCIONAMIENTO DE LA OFICIALIA DE PARTES DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA RECIBIR LAS DEMANDAS Y PROMOCIONES DE TERMINO

Fecha de Resolución16 de Marzo de 1998

ACUERDO GENERAL NUMERO 11/1998, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE AMPLIA EL FUNCIONAMIENTO DE LA OFICIALIA DE PARTES DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA RECIBIR LAS DEMANDAS Y PROMOCIONES DE TERMINO, EN HORARIO QUE COMPRENDE DE LAS CATORCE TREINTA HORAS A LAS VEINTICUATRO HORAS.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro y el veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

SEGUNDO

Que dichas reformas modificaron la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

TERCERO

Que los artículos 99 y 100, párrafos primero y séptimo de la Carta Magna, 68 y 205 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en vigor, disponen que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal y que éste es el órgano facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo que establezca la ley;

CUARTO

Que el artículo 81, fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las medidas que exijan el buen servicio y la disciplina en los tribunales de circuito, juzgados de distrito y órganos auxiliares del Consejo de la Judicatura Federal;

QUINTO

Que para solucionar los problemas que enfrentan los justiciables para la presentación de demandas y promociones de término fuera del horario de labores de los Juzgados de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, derivados de las distancias que deben recorrer para que aquellas les sean recepcionadas por los autorizados para ese efecto, que en muchos casos origina su presentación extemporánea, este Organo Colegiado consideró necesario, en ejercicio de sus atribuciones, emitir el presente Acuerdo.

En consecuencia, con fundamento en los artículos 100, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 81, fracciones II y XXXVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la...

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