Acuerdo por el cual se Reforma el Reglamento para el Almacenaje, Venta, Porteo y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Querétaro.

2 de marzo de 2007 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 649
TERCERO. Los diversos Programas, Proyec-
tos y Acciones estipulados en el Plan Municipal de
Desarrollo 2006-2009, deberán ser ejecutados y
actualizados durante el desarrollo de la gestión
municipal y son orden obligatorio para todas las
Dependencias, Entidades, Organismos, Unidades y
demás Áreas de la Administración Pública. Cuando
lo demande el interés social o lo requieran las cir-
cunstancias, podrán ser reformados o adicionados
a través del mismo procedimiento que se siguió
para su aprobación.
CUARTO. De conformidad a lo que establece
el artículo 28 de la Ley de Planeación del Estado de
Querétaro, al Comité de Planeación para el Desa-
rrollo Municipal (COPLADEM), le corresponderá
entre otras facultades, llevar a cabo el seguimiento
y la evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y
sus Programas. Esta evaluación se llevará a cabo
en Sesiones Periódicas efectuadas por el mismo
Comité.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese el Plan Municipal de
Desarrollo 2006-2009 en la Gaceta Municipal y en
el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Que-
rétaro “La Sombra de Arteaga” a costa del Munici-
pio.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en los me-
dios de difusión señalados en el Transitorio ante-
rior.
TERCERO. Comuníquese el presente Acuer-
do a la Secretaría General de Gobierno, Secretaría
de Desarrollo Sustentable, Secretaría de Servicios
Públicos Municipales, Secretaría de Desarrollo So-
cial, Secretaría de Administración, Secretaría de
Economía y Finanzas y Tesorería Municipal, Secre-
taría Particular, Secretaría de Desarrollo Urbano y
Obras Públicas, Secretaría de Seguridad Pública,
Secretaría de Gestión Delegacional, Coordinación
de Comunicación Social y a las Delegaciones del
Municipio de Querétaro...”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFI-
CADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE
HAYA LUGAR, EL DIECISIETE DE ENERO DE
DOS MIL SIETE, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO
DE QUERÉTARO, QRO.-----------DOY FE-------------
LIC. J. APOLINAR CASILLAS GUTIÉRREZ
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO J. APOLINAR
CASILLAS GUTIÉRREZ, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD
QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY PARA LA ORGANIZA-
CIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNI-
CIPIO LIBRE DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y
20 FRACCION IX DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha
dieciséis de enero de dos mil siete, el H. Ayunta-
miento de Querétaro aprobó el Acuerdo por el cual
se Reforma el Reglamento para el Almacenaje,
Venta, Porteo y Consumo de Bebidas Alcohólicas
en el Municipio de Querétaro, el cual señala tex-
tualmente:
“...DE CONFORMIDAD CON LO DISPUES-
TO POR LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTI-
TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 83 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍ-
TICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
QUERÉTARO ARTEAGA; 30 FRACCION I, 38
FRACCIÓN I, 146, 148 Y 151 DE LA LEY PARA
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRA-
TIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 54, 55 INCISO C Y 57 DEL RE-
GLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO; Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y Consti-
tución Política del Estado Libre y Soberano de Que-
rétaro Arteaga, los Municipios tienen personalidad
jurídica y patrimonio propios y están facultados para
aprobar las disposiciones que organicen la Adminis-
tración Pública Municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de
su competencia.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR